Si tu vecino quiere modificar el color de la barandilla del balcón, la Ley de Propiedad Horizontal es clara: el artículo 7.1 lo explica
La Ley de Propiedad Horizontal es clara respecto a los cambios que pueden hacer los propietarios en un balcón
La Ley de Propiedad Horizontal es clara respecto a los cambios que se pueden realizar en un balcón. El artículo 7.1 deja claro que los propietarios o inquilinos no podrán modificar los elementos arquitectónicos de un edificio o cambiar la estética de un edificio, salvo que lleguen a un acuerdo con el resto de vecinos de la comunidad. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre los cambios que se pueden hacer en un balcón y lo que dice la Ley de Propiedad Horizontal.
Esto es algo que puede pasar dentro de una comunidad de vecinos y que la Ley de Propiedad Horizontal prohíbe, salvo que los propietarios den el OK. Cuando un vecino pretenda realizar cambios en el balcón, ya sea pintando las barandillas de otro color o haciendo un pequeño cambio en la estructura del mismo. Esto está penado por la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, que es la carta magna que recoge todos los derechos y deberes de los propietarios o inquilinos que forman parte de una comunidad de vecinos.
El balcón está dentro de la fachada de un edificio y este tema lo toca el artículo 7.1 de la Ley de Propiedad Horizontal, que deja claro lo siguiente: «El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad».
La ley y los cambios en el balcón
«En el resto del inmueble no podrá realizar alteración alguna y, si advirtiere la necesidad de reparaciones urgentes, deberá comunicarlo sin dilación al administrador», avisa sobre el único caso en el que podrá realizar estos cambios: contar con la aprobación del resto de propietarios o que los estatutos de la comunidad permitan llevar este tipo de acción.
Así que se entiende que si un vecino quiere cambiar el color de una barandilla que forma parte de la fachada de un edificio, la Ley de Propiedad Horizontal se lo impedirá, ya que esto sería modificar los elementos arquitectónicos, que es de lo que habla la norma. Estos sí que se podrían modificar siempre que no se menoscabe la estructura, la configuración o el estado exterior del edificio. Por ejemplo, si se pinta la barandilla de un balcón con el mismo color, este acto se podrá realizar sin ningún tipo de problema. En caso de pintarlo de un color distinto, la ley actuará de oficio para prohibir este acto.
Así que si durante este verano quieres darle un toque distinto a tu balcón con el objetivo de hacer alguna reunión de amigos, debes saber que las barandillas son intocables. La mejor opción en este caso es siempre preguntar al presidente de la comunidad de vecinos, que podrá consultar en los estatutos sobre los cambios que se pueden realizar dentro de la fachada de una finca.
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