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Si recibes una pensión de incapacidad permanente, estos cambios te afectarán en 2023

Si recibes una pensión de incapacidad permanente, seguramente te van a afectar los cambios y grandes novedades que se han preparado para este 2023 y que se inician además con una subida ya que se revalorizan en un 8,5%, de igual forma que lo hace prestación contributiva por desempleo (paro) y el subsidio de 480 euros para aquellos que hayan trabajado durante al menos 3 meses. Repasamos a continuación esos cambios y novedades.

Los cambios en las pensiones por incapacidad para 2023

Fue en noviembre del año pasado tras publicarse el IPC, cuando el Gobierno confirmó el alza de las prestaciones económicas que gestiona la Seguridad Social entre las que se encuentra las de incapacidad permanente.

De este modo, y ya recogido en los nuevos Presupuestos Generales del Estado, junto a la también revalorización de  las pensiones no contributivas de invalidez en un 15%, al igual que el Ingreso Mínimo Vital (IMV) y las pensiones no contributivas por jubilación, las pensiones de incapacidad permanente aumentan su cuantía y también el que se devengan en 14 pagas durante el año, con doce mensualidades y dos pagas extra (aunque en el caso de que la pensión deriva de un de accidente de trabajo y enfermedad profesional, se paga en 12 meses).

Las nuevas cuantías para las pensiones de incapacidad permanente

En la actualidad, casi un millón de personas en España se encuentran cobrando una pensión de incapacidad permanente. Según la definición del Instituto Nacional de la Seguridad Social, esta es una prestación económica lo que se pretende cubrir la pérdida de ingresos que padece un trabajador cuando por enfermedad o accidente ve reducida o anulada su capacidad laboral.

De este modo podemos encontrar cuatro tipo de prestaciones a partir del grado de incapacidad y que suelen variar en lo que respecta a sus requisitos generales así como en su cotización. Sin embargo si la incapacidad es por accidente, ya sea de trabajo o no o por enfermedad profesional, no se requieren cotizaciones previas.

Estas son las cuatro prestaciones por incapacidad que se contemplan:

La pensión de incapacidad total tiene una cuantía que se corresponde con el 55% de la base reguladora, pudiendo alcanzar el 75% en caso si quien la recibe alcanza la edad mínima de 55 años de edad y está al paro. En el caso de la pensión por incapacidad permanente absoluta se corresponde con el 100% de la base reguladora en la pensión.

En cuanto a la pensión de gran invalidez también es del 100% de la base reguladora, sumando además complementos económicos dado que la persona que la recibe necesita de la ayuda de otras personas para su día a día. Para el año de 2023, la cuantía de esta prestación pasa de 1.335,80 euros a 1.449,34 euros que se reparten en 14 pagas, si se tiene un cónyuge a cargo.

Gran Invalidez

Pensión de incapacidad permanente absoluta o total de 65 años o más

Con cónyuge a cargo: 965 euros al mes y 13.519 euros al año.
Con cónyuge no a cargo: 743 euros al mes y 10.405 euros al año.
Sin cónyuge: 783 euros al mes y 10.962 euros al año.

Pensión de incapacidad permanente total de entre 60 y 64 años

Pensión de incapacidad permanente por enfermedad en menores de 65 años

Con cónyuge a cargo y sin cónyuge: 577 euros al mes y 8.081 euros al año.
Con cónyuge no a cargo: 572 euros al mes y 8.011 euros al año.

Pensión no contributiva por incapacidad o invalidez