Hacienda saca la lupa: el día límite se acerca y va a multar a todos los que no hagan esto
La fecha clave para hacer el segundo pago de la devolución de la declaración
Si fraccionaste el pago debes estar atento porque se acaba el plazo
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Con la llegada del último trimestre del año, Hacienda recuerda a los contribuyentes la necesidad de cumplir con una obligación fiscal que afecta a miles de personas: el segundo pago de la declaración de la renta para quienes optaron por fraccionarla. Este segundo abono representa el 40% de la deuda tributaria y, si bien puede parecer un trámite sencillo, el incumplimiento en los plazos fijados puede derivar en una multa por parte de Hacienda. De este modo, con una fecha límite que se acerca rápidamente, es crucial no pasar por alto este requisito para evitar futuras complicaciones.
Cuando haces la declaración y te sale a pagar, fraccionar el pago de la renta es una opción para muchos este año, permitiendo a los contribuyentes dividir el importe en dos partes, con un primer abono del 60% ya realizado en julio. Sin embargo, este respiro también implica que el restante 40% debe abonarse antes de una fecha concreta. El plazo fijado por Hacienda es el 5 de noviembre, y cualquier retraso o falta de pago no sólo conlleva una multa, sino también posibles intereses de demora que aumentan progresivamente cuanto más tiempo pase la deuda sin ser saldada. De este modo, para aquellos contribuyentes que eligieron la domiciliación bancaria, Hacienda procederá automáticamente al cobro el 5 de noviembre. En cambio, quienes optaron por otras vías de pago, como transferencia bancaria o el abono directo en una entidad colaboradora, deben asegurarse de realizar el pago antes de la fecha límite. Conocer los requisitos y plazos exactos permite evitar sorpresas desagradables y garantizar que la situación fiscal esté completamente al día.
Fechas clave para cumplir con Hacienda y evitar una multa
Optar por el fraccionamiento del pago en la declaración de la renta requiere cumplir con fechas precisas, establecidas por Hacienda para facilitar el control de las obligaciones fiscales. Al presentar la declaración, los contribuyentes que solicitaron el fraccionamiento debían realizar un primer pago equivalente al 60% del importe total, con plazo máximo el 1 de julio. Para el segundo y último pago, que representa el 40% restante, Hacienda marca el 5 de noviembre como fecha tope.
Es importante recordar que la domiciliación bancaria facilita el proceso al permitir que Hacienda realice el cobro automático en la cuenta bancaria indicada. Sin embargo, en caso de optar por otras formas de pago, como la transferencia bancaria o el abono en una entidad colaboradora, el contribuyente debe estar atento a los plazos. Evitar errores en el pago es fundamental para no enfrentar sanciones y cargos adicionales.
Quiénes están obligados a hacer el segundo pago
Este segundo abono afecta exclusivamente a aquellos contribuyentes que presentaron una declaración de la renta con saldo a pagar y optaron por el pago fraccionado. La mayoría de las personas que decidieron acogerse a esta modalidad buscaban una mayor flexibilidad, especialmente si el importe de la deuda era elevado y preferían no asumirlo de una vez.
Los contribuyentes que eligieron fraccionar el pago tenían que cumplir con ciertas condiciones al presentar su declaración, tales como indicar la forma de pago preferida y asegurarse de que el primer abono del 60% se realizara en tiempo y forma. Cualquier incumplimiento en estos pasos previos puede dificultar el proceso y generar sanciones adicionales, por lo que es crucial seguir las indicaciones de Hacienda al pie de la letra.
Consecuencias de no realizar el pago a tiempo
Ignorar los plazos fijados por Hacienda para el segundo pago de la renta no es una opción sin consecuencias. Aquellos que no abonen la cantidad pendiente en la fecha estipulada pueden enfrentar una multa y recargos progresivos. La primera sanción es una multa fija de 200 euros por no cumplir con la fecha de pago a Hacienda, aunque este importe puede incrementarse si la deuda sigue sin saldarse.
Además, Hacienda aplica un sistema de recargos en función del tiempo que transcurra sin abonar la deuda y que pueden ser del 5,del 10%, del 15 o del 20%. A estos recargos se suman los intereses de demora, que aumentan con el paso del tiempo y agravan la situación del contribuyente.
Alternativas en caso de dificultades para pagar
Para aquellos que enfrentan problemas financieros y no pueden hacer frente al segundo pago en la fecha indicada, Hacienda ofrece la opción de solicitar un aplazamiento. Esta medida permite prorrogar el plazo de pago bajo ciertas condiciones, siempre que el importe de la deuda no supere los 30,000 euros. Sin embargo, es importante destacar que el aplazamiento y el fraccionamiento son opciones incompatibles, por lo que quienes optaron por el fraccionamiento no pueden acogerse al aplazamiento posteriormente.
El proceso de solicitud de aplazamiento es sencillo y puede realizarse a través de la sede electrónica de Hacienda. Sin embargo, es imprescindible cumplir con los requisitos específicos para que la solicitud sea aprobada y, en caso de concederse, asegurarse de cumplir con los plazos establecidos para evitar complicaciones futuras o que de nuevo entremos en riesgo de multa o de recargos adicionales, o mucho peor, embargos.
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