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Economía
Declaración de la Renta

Hacienda insta a los mayores de 65 años a prepararse: la lista de quienes dicen adiós a la declaración de la Renta

Es normal que cada vez que estamos en medio de una nueva campaña de la Renta muchos pensionistas se pregunten si les toca hacer la declaración o si esta vez pueden librarse del trámite. Y no es raro, porque las normas cambian, los límites generan dudas y muchas personas mayores de 65 años no tienen claro qué ocurre exactamente con su pensión cuando llega el momento de rendir cuentas ante Hacienda y presentar la renta.

En realidad, no todos los mayores de 65 años están obligados a presentar la declaración de la Renta. De hecho, hay casos concretos en los que la Agencia Tributaria deja fuera a determinados pensionistas, especialmente cuando los ingresos son bajos o proceden de prestaciones no contributivas. Ahí es donde entra uno de los grupos que este año vuelve a quedar exento. Pero por otro lado, y mientras tanto, sigue creciendo otra preocupación entre quienes están cerca de retirarse y que no es otra que el poder jubilarse antes sin perder dinero en la pensión. El debate lleva tiempo abierto y afecta sobre todo a trabajadores con profesiones especialmente duras, aunque también a personas con discapacidad o largas carreras de cotización.

Los mayores de 65 años que no tienen que presentar la declaración de la Renta

Hacienda mantiene fuera de la obligación de declarar a muchos pensionistas que cobran una jubilación no contributiva ya que las cantidades que reciben normalmente no superan los límites mínimos exigidos para tener que presentar la Renta.

Son prestaciones dirigidas a personas que no pudieron cotizar lo suficiente a lo largo de su vida laboral y que, además, deben cumplir determinados requisitos económicos para acceder a ellas. Precisamente por eso, la mayoría de beneficiarios queda por debajo de los umbrales fiscales establecidos por la Agencia Tributaria.

A esto hay que añadir los mínimos personales que se aplican según la edad. En el caso general, Hacienda fija un mínimo anual de 5.500 euros, aunque la cifra sube cuando el contribuyente supera cierta edad. Y en el caso de los mayores de 65 años cuentan con un mínimo de 6.700 euros anuales y quienes ya han cumplido los 75 alcanzan los 8.100 euros. Ese margen adicional hace que bastantes jubilados no tengan obligación de presentar la declaración aunque perciban una pensión pública.

También influye algo que muchos mayores conocen bien cuando revisan su nómina y que son las retenciones. Cuanto más elevada es la pensión, mayor suele ser el porcentaje que Hacienda descuenta cada mes por IRPF. Por eso algunos pensionistas acaban recibiendo devolución y otros, directamente, ni siquiera tienen que hacer el trámite.

La jubilación anticipada vuelve al centro del debate

Más allá de la campaña de la Renta, buena parte de las conversaciones entre futuros jubilados siguen girando alrededor de la jubilación anticipada. Sobre todo por una cuestión concreta: poder retirarse antes sin que eso implique cobrar menos dinero todos los meses ya que en la actualidad, adelantar la jubilación supone en la mayoría de casos aplicar coeficientes reductores que rebajan la cuantía final de la pensión. Y eso provoca que muchos trabajadores terminen retrasando su retiro pese al desgaste físico acumulado después de décadas trabajando.

En 2026, la edad ordinaria de jubilación en España queda situada en los 65 años para quienes hayan cotizado al menos 38 años y 3 meses. Quienes no alcancen ese periodo tendrán que esperar hasta los 66 años y 10 meses para jubilarse con el cien por cien de la prestación. Pero hemos de recordar además, que la edad legal seguirá aumentando progresivamente hasta llegar a los 67 años en 2027, algo que continúa generando críticas entre determinados colectivos laborales.

El Gobierno, de hecho, ya ha aprobado un nuevo procedimiento para estudiar qué profesiones o situaciones podrían beneficiarse de coeficientes reductores especiales. La medida aparece recogida en el Real Decreto 402/2025, de 27 de mayo, de modo que la Seguridad Social recabará informes y una comisión formada por representantes ministeriales y agentes sociales analizará cada caso antes de decidir si procede permitir un adelanto de la jubilación.

Las profesiones que ya pueden acceder a la jubilación anticipada

Algunos colectivos ya pueden acceder a este tipo de fórmulas. Es el caso, por ejemplo, de trabajadores con una discapacidad igual o superior al 65 %, que pueden anticipar su jubilación sin sufrir penalizaciones económicas siempre que cumplan los requisitos de cotización con un mínimo de años exigidos. También sucede con profesiones consideradas especialmente penosas o peligrosas. Un ejemplo claro es el de los bomberos. Según explican los expertos, un trabajador de este cuerpo que acumule al menos 35 años de servicio efectivo puede jubilarse a los 59 años aplicando coeficientes reductores específicos, adelantando así su retiro respecto a la edad ordinaria

Según ha defendido la ministra Elma Saiz, el objetivo es aplicar criterios de equidad dentro del sistema público de pensiones. Eso sí, el uso de estos coeficientes también supondrá un incremento en las cotizaciones a la Seguridad Social para compensar el impacto económico que puede generar permitir jubilaciones más tempranas.