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El Gobierno confirma un giro inaudito en el IMV en España: tienes derecho a cobrarlo aunque vivas en casa de tus padres

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Blanca Espada

El Ingreso Mínimo Vital es una de las ayudas que más piden los españoles que viven en una situación precaria, pero también es cierto que hasta hace poco no lo pedían creyendo que al vivir todavía con sus padres, automáticamente quedaban fuera de la ayuda. Una idea que se ha ido extendiendo bastante en los últimos años, especialmente entre jóvenes que tuvieron que regresar a casa tras quedarse sin trabajo o entre quienes no han conseguido estabilizar su situación económica pese a llevar tiempo trabajando de forma intermitente Sin embargo la normativa que rige del IMV funciona exactamente así.

De hecho, la propia Seguridad Social contempla situaciones en las que una persona puede solicitar el IMV aunque comparta vivienda con sus padres. Y eso está haciendo que bastantes ciudadanos estén revisando ahora si realmente cumplen los requisitos, porque muchos ni siquiera sabían que esa opción existía. Pero además, otra de las cosas que más sorpresa provoca es que el IMV también puede cobrarse mientras se recibe el paro, siempre que los ingresos sigan estando por debajo de ciertos límites. Por eso, en los últimos meses han aumentado mucho las consultas de personas que intentan entender si pueden compatibilizar ambas ayudas o si el hecho de vivir con familiares les deja fuera automáticamente.

La Seguridad Social sí permite pedir el IMV viviendo con tus padres

Lo que explica la Seguridad Social en su página web es que las personas mayores de 23 años pueden cobrar el Ingreso Mínimo Vital aunque residan en el mismo domicilio que sus padres. Eso sí, no ocurre de manera automática ni vale para cualquier caso, porque la ley pone varias condiciones bastante concretas. Por ejemplo, la persona que solicita la ayuda no puede formar parte de una unidad de convivencia distinta. Tampoco puede estar casada, salvo que ya exista un proceso de separación o divorcio iniciado oficialmente.

La normativa también deja fuera a quienes formen parte de una pareja de hecho. En otras palabras, el IMV está pensado para personas que, aunque sigan viviendo bajo el mismo techo que sus padres, tienen una situación económica propia y atraviesan dificultades reales para mantenerse por sí mismas.

Esto es algo que ocurre mucho más de lo que parece. Hay jóvenes que volvieron a casa después de quedarse en paro, trabajadores con sueldos bajos que no pueden asumir un alquiler o personas que directamente nunca llegaron a independizarse porque la situación económica se complicó demasiado en los últimos años.

Las condiciones cambian bastante según la edad

Uno de los puntos que más dudas genera dentro del IMV tiene que ver precisamente con la edad del solicitante, porque los requisitos no son iguales para todos. En el caso de quienes tienen entre 23 y 29 años, la Seguridad Social exige demostrar que han vivido de forma independiente durante los dos años anteriores a pedir la ayuda. También deben acreditar residencia legal y efectiva en España.

Aun así, existen excepciones. Por ejemplo, no se exigirá esa independencia previa cuando la salida del domicilio familiar se haya producido por violencia de género o tras iniciar un proceso de separación o divorcio. Para las personas de 30 años o más también existe una condición parecida. En este caso deben demostrar que durante el año anterior a la solicitud tuvieron un domicilio diferente al de sus padres, tutores o acogedores. Solo hay una excepción contemplada de forma expresa: cuando la convivencia terminó por el fallecimiento de esos padres o tutores.

Todo esto hace que muchas veces el análisis del IMV no dependa únicamente de los ingresos, sino también de la situación familiar y del historial de convivencia de cada solicitante.

El paro y el IMV pueden cobrarse al mismo tiempo

Otra idea bastante extendida es pensar que el hecho de cobrar el paro impide automáticamente acceder al Ingreso Mínimo Vital. Pero tampoco es así. La ley del IMV recoge expresamente que esta ayuda puede ser compatible con otros ingresos, incluidas determinadas prestaciones. Entre ellas está la prestación contributiva por desempleo.

La explicación es que el paro se considera una renta procedente del trabajo anterior del ciudadano. Por tanto, si esa cantidad sigue siendo insuficiente para alcanzar el mínimo económico garantizado por la ley, la persona puede recibir además el complemento del IMV. Esto ocurre sobre todo en casos de desempleados con prestaciones bajas, familias donde entra muy poco dinero o trabajadores que, aun cobrando ayudas, continúan en situación de vulnerabilidad económica.

Cuánto se cobra del IMV si ya recibes el paro

La cuantía del Ingreso Mínimo Vital no es igual para todos los ciudadanos. La Seguridad Social calcula cada caso teniendo en cuenta los ingresos y también el número de personas que forman parte de la unidad de convivencia. Cuando alguien ya está cobrando el paro, la administración compara esa cantidad con la llamada renta garantizada que le correspondería según su situación personal. Si entre ambas cifras existe una diferencia mínima de diez euros, entonces sí puede reconocerse el IMV como complemento.

Por eso hay personas que reciben cantidades pequeñas y otras que consiguen una ayuda bastante más elevada. Todo depende de los ingresos reales del hogar, del número de menores y de las circunstancias concretas de cada familia.

Lo que sí está claro es que vivir en casa de los padres ya no cierra automáticamente la puerta al IMV, aunque durante años mucha gente haya pensado justo lo contrario.

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