Giro de 180º en el subsidio para mayores de 52 años: la nueva cantidad exacta que vas a cobrar
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El reciente incremento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) ha tenido un impacto positivo no sólo en los trabajadores, sino también en aquellos desempleados que reciben el subsidio destinado a personas mayores de 52 años. Hasta 2024, el umbral permitido equivalía al 75% del SMI, lo que suponía un máximo de 850,50 euros mensuales. Sin embargo, con el nuevo SMI fijado en 1.184 euros, este límite se actualiza a 888 euros mensuales.Actualmente, el subsidio para mayores de 52 años equivale al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), lo que se traduce en una ayuda de 480 euros mensuales. Sin embargo, de confirmarse la actualización del 3,8% del IPREM para el próximo año, esta cantidad podría aumentar hasta los 500 euros, lo que representaría un incremento de 20 euros respecto a 2024.
Otro de los aspectos clave es la mejora en la base de cotización, que pasará de 1.653,75 euros a 1.726,66 euros. Esto se traduce en una mayor contribución para la futura jubilación de los beneficiarios, permitiéndoles acceder a pensiones más altasuna vez cumplan los 65 años. Este subsidio, concebido para apoyar a quienes enfrentan mayores dificultades en su reincorporación al mercado laboral, proporciona una ayuda económica para garantizar su estabilidad financiera.
Subsidio para mayores de 52 años
Los trabajadores mayores de 52 años pueden acceder a un subsidio por desempleo hasta que reúnan los requisitos para obtener su pensión de jubilación. Para ello, deben cumplir ciertas condiciones, como no superar un ingreso mensual equivalente al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
Esta ayuda económica se mantiene vigente hasta que el beneficiario pueda acceder a una pensión contributiva de jubilación. Su cuantía asciende al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), lo que equivale a 480 euros mensuales.
Uno de los aspectos más relevantes del subsidio es la base de cotización. En 2025, los beneficiarios cotizarán sobre el 125% de la base mínima, es decir, 1.726,66 euros al mes, lo que tendrá un impacto positivo en su futura pensión. Este incremento está directamente relacionado con las recientes subidas del SMI.
Entre las novedades para este año, destaca la posibilidad de compatibilizar el subsidio con un empleo, ya sea a jornada parcial o completa, por un máximo de 180 días. Además, los beneficiarios deben presentar anualmente su declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para seguir percibiendo esta prestación.
Requisitos
Para acceder al subsidio para mayores de 52 años, es fundamental cumplir con ciertos requisitos. En primer lugar, es necesario haber agotado una prestación contributiva por desempleo a partir del 1 de noviembre de 2024. Anteriormente, se exigía que el solicitante hubiera estado inscrito como demandante de empleo durante un mes antes de solicitar el subsidio; sin embargo, esta condición ha sido eliminada, facilitando así el acceso a la ayuda.
Asimismo, es imprescindible encontrarse en situación legal de desempleo desde la fecha mencionada o posterior, siempre que se haya cotizado un mínimo de 90 días. Además, el solicitante debe haber cumplido 52 años en el momento de presentar la solicitud, lo que garantiza que el subsidio esté dirigido a personas en la etapa previa a la jubilación. Sin embargo, no es necesario estar completamente inactivo, ya que pueden beneficiarse tanto quienes se encuentren en desempleo total como aquellos que trabajen a tiempo parcial.
Otro de los requisitos fundamentales consiste en permanecer inscrito como demandante de empleo y suscribir el acuerdo de actividad, lo que implica comprometerse con la búsqueda activa de trabajo y aceptar ofertas de empleo adecuadas. Además, se exige cumplir con los requisitos para acceder a cualquier tipo de pensión contributiva de jubilación, exceptuando la edad mínima requerida para ello.
En cuanto a las cotizaciones, es necesario haber cotizado al menos seis años por desempleo a lo largo de la vida laboral. A esto se suma la obligación de acreditar la carencia de rentas en el momento de la solicitud y mantener esta condición mientras se perciba el subsidio.
Por otro lado, también pueden acceder a esta ayuda quienes reciban subsidios por agotamiento de la prestación contributiva, por cotización insuficiente, así como emigrantes retornados y víctimas de violencia de género o violencia ejercida por padres o hijos.
Declaración de la renta
A partir del 1 de noviembre de 2024, los beneficiarios de este subsidio están obligados a presentar anualmente su declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) ante la Agencia Tributaria. Este requisito tiene como objetivo verificar que continúan cumpliendo con las condiciones exigidas para mantener la ayuda económica.
En cuanto a la documentación necesaria para solicitar el subsidio, los interesados deben presentar ante la Seguridad Social el modelo oficial de solicitud, que incluye una declaración responsable de las rentas obtenidas el mes anterior. También se exige un documento de identificación en vigor, un comprobante bancario con el número de cuenta donde se ingresará la prestación y la declaración del IRPF del último ejercicio fiscal. En caso de que la entidad gestora lo considere necesario, podrá solicitar un justificante de rentas adicional.
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