Los Gestores Administrativos advierten del riesgo de usar la IA para validar el borrador de la Renta
El presidente del Consejo General de los Colegios de Gestores Administrativos de España, Fernando Jesús Santiago Ollero, advierte de un fenómeno creciente: el uso combinado del borrador de la Agencia Tributaria y herramientas de inteligencia artificial como supuesta garantía de que la declaración de la renta está correctamente hecha.
«Estamos empezando a ver algo que nos preocupa especialmente: contribuyentes que nos dicen que no necesitan revisión porque han pasado su renta por una IA y les ha dicho que está bien. Y eso es exactamente el problema», ha señalado el presidente de los Gestores Administrativos en una nota. «Una declaración de la renta no es solo un cálculo. Es una interpretación de la vida real de una persona. Y eso, hoy por hoy, no lo hace ni el borrador ni ninguna inteligencia artificial. La IA trabaja con lo que le das… y el problema en la renta es precisamente lo que falta», ha señalado.
Los Gestores Administrativos recuerdan una cuestión clave que cada año genera errores: todos los trabajadores autónomos están obligados a presentar la declaración de la renta, con independencia de sus ingresos. Asimismo, deben presentar declaración los perceptores del IMV. Y los perceptores de prestaciones por desempleo no tienen que declarar por el mero hecho de serlo.
Desde este colectivo recuerdan que el borrador es una propuesta basada en datos disponibles, pero no una fotografía completa de la situación del contribuyente. «Hay una parte esencial de la renta que nunca está en los datos que maneja la Administración: la que solo conoce el propio contribuyente. Y ahí es donde se producen los errores», explica Santiago. «Y, en ocasiones, los datos declarados por otras empresas son erróneos. Hay que comprobarlos siempre».
Entre los aspectos que no se incorporan automáticamente destacan numerosos gastos deducibles que no figuran en ninguna declaración informativa, como las aportaciones a sindicatos o colegios profesionales, los gastos de defensa jurídica, o muchos de los gastos asociados a inmuebles -reparaciones, mejoras, seguros, comunidad o amortización-, así como los propios gastos de actividad económica.
En el ámbito de los arrendamientos, tampoco se reflejan correctamente cuestiones como los periodos reales de alquiler o la situación del inmueble a lo largo del ejercicio, factores determinantes para el resultado final.
«La tecnología puede sumar, pero no puede preguntar. Y en la renta, lo importante no es solo lo que está, sino también lo que falta», afirma el presidente de los Gestores Administrativos.
Novedades de la Renta 2025
Entre ellas, destacan nuevas casillas para aplicar reducciones en rendimientos artísticos obtenidos de forma excepcional, así como ajustes derivados de la regularización de cuotas en el régimen de autónomos.
En el ámbito de las ganancias patrimoniales, se introducen mejoras para diferenciar premios sujetos o no a retención y nuevos apartados específicos para operaciones como la compraventa de participaciones en fondos cotizados.
En relación con las deducciones por adquisición de vehículos eléctricos, los Gestores Administrativos advierten de un error frecuente: no todos los supuestos permiten aplicar este beneficio fiscal. En particular, los vehículos denominados kilómetro 0 no generan derecho a deducción, lo que puede llevar a errores si no se revisa correctamente la operación.
También se incorporan nuevas deducciones, como la vinculada a determinados rendimientos del trabajo para rentas más bajas, y se mantienen incentivos relevantes en materia de eficiencia energética o movilidad eléctrica.
Los Gestores Administrativos recuerdan que para practicar la deducción derivada de obras en inmuebles relacionadas con la mejor de la eficiencia energética, hay que contar con los correspondientes certificados de eficiencia energética antes y después de dichas obras.
Se incorpora en esta campaña una nueva deducción por obtención de rendimientos del trabajo, introducida mediante la disposición adicional 61ª de la Ley del IRPF, con el objetivo de aliviar la carga fiscal de los contribuyentes con menores ingresos laborales. Esta medida permitirá reducir directamente la cuota del impuesto a aquellos trabajadores cuyos rendimientos íntegros del trabajo no superen los 18.276 euros anuales, siempre que cumplan determinados requisitos, como no percibir otras rentas significativas distintas del trabajo.
En la práctica, esta deducción está diseñada para neutralizar o reducir de forma significativa la tributación de quienes perciben ingresos próximos al salario mínimo interprofesional, contribuyendo así a evitar que incrementos salariales destinados a mejorar el poder adquisitivo se vean absorbidos por la carga fiscal. Se trata, por tanto, de una medida con impacto directo en un amplio número de contribuyentes, especialmente trabajadores con rentas bajas y medias, cuya correcta aplicación resultará clave para optimizar el resultado de la declaración.
Asimismo, se incluyen nuevas exenciones, como las ayudas por daños personales derivados de incendios forestales y otras emergencias, junto con ajustes técnicos en actividades económicas, módulos y amortizaciones.
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