Estado de alarma: el Gobierno ordena el cierre de todos los hoteles y alojamientos turísticos
El ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha publicado en la noche del jueves una orden en el BOE, que acaba de entrar en vigor, en la que fija «la suspensión de apertura al público de todos los hoteles y alojamientos similares, alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia, campings, aparcamientos de caravanas y otros establecimientos similares, ubicados en cualquier parte del territorio nacional».
Con carácter excepcional, eso sí, «queda permitida la prestación de los servicios de vigilancia, seguridad y mantenimiento en estos establecimientos».
En los establecimientos de alojamiento turístico de larga estancia y de temporada «queda permitida la apertura al público de aquellos establecimientos turísticos previstos en el apartado primero de esta orden que alberguen clientes que, en el momento de declaración del estado de alarma, se hallen hospedados de manera estable y de temporada, siempre que sus ocupantes cuenten con las infraestructuras, en sus propios espacios habitacionales, para poder llevar a cabo las actividades de primera necesidad».
¿Cómo será el proceso de cierre? El cierre de los establecimientos «se producirá en el momento en que el establecimiento no disponga de clientes a los que deba atender y, en todo caso, en el plazo máximo de siete días naturales desde la entrada en vigor de la presente norma», ha detallado el ministro en la orden.
A las autoridades competentes de cada comunidad autónoma les corresponderá, por delegación del ministro de Sanidad, dictar «las resoluciones, disposiciones e instrucciones que, en la esfera específica de su actuación, sean necesarias para garantizar la eficacia de lo dispuesto en esta orden».