Cambio en las normas de la Seguridad Social: el giro en las pensiones está confirmado al 100%
Se trata de una mejora en el sistema de integración de lagunas de cotización
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Durante años, miles de trabajadores han llegado a la jubilación con una mezcla de ilusión y preocupación. No es sólo cuestión de dejar atrás décadas de vida laboral, sino de enfrentarse a la realidad de cuánto se va a cobrar mes a mes. Y ahí es donde, muchas veces, aparecen las llamadas lagunas de cotización, esos huecos en los que no se trabajó (o no se cotizó) y que pueden reducir drásticamente el importe final de la pensión. Pero ahora, la Seguridad Social ha confirmado un giro normativo que cambia, y mucho, el panorama para quienes han tenido trayectorias laborales irregulares.
Este cambio afecta a una de las herramientas más desconocidas pero vitales en el cálculo de las pensiones: la integración de lagunas. Hasta ahora, era un sistema reservado casi exclusivamente a los asalariados con carreras dispares. Su objetivo es sencillo: evitar que esos meses sin cotización penalicen en exceso al jubilado, simulando bases mínimas de cotización en los periodos en blanco. Lo que se ha confirmado es una mejora clara, progresiva y con efectos especialmente positivos para mujeres, padres y autónomos. En un momento en que la sostenibilidad del sistema de pensiones está más presente que nunca en el debate público, esta medida llega como un balón de oxígeno para muchas personas que, por razones personales o laborales, no pudieron mantener una cotización continua. Pero, ¿en qué consisten exactamente estos cambios? ¿A quién benefician? ¿Y cómo se aplican?
Cambio en las normas de la Seguridad Social sobre las pensiones
Para comprender el alcance del cambio, primero hay que entender cómo se calcula una pensión de jubilación en España en 2025. El sistema toma como referencia los últimos 25 años cotizados, es decir, 300 meses, contados hacia atrás desde el llamado “hecho causante” (la fecha en que se solicita la pensión o se cesa en el trabajo). Si en ese periodo hay meses en los que no se ha cotizado nada, es cuando entra en juego la integración de lagunas.
Este mecanismo permite que hasta 48 meses sin cotización puedan computar como si se hubiese cotizado la base mínima vigente para un trabajador de 18 años, que en 2025 está fijada en 1.323 euros mensuales. Una forma de maquillar esos huecos sin ingresos que, de no cubrirse, dejarían la pensión en niveles mucho más bajos. Si los meses sin cotizar superan esos 48, los siguientes se integran al 50%, es decir, 661,50 euros por mes.
Casos prácticos y excepciones importantes
Este sistema tiene matices. Por ejemplo, si en un mes determinado una persona trabajó sólo algunos días, se puede aplicar la integración proporcional a los días que no trabajó, siempre que la base total de ese mes no sobrepase el mínimo establecido. Es una forma de ajustar las cuentas sin beneficiar a quienes ya han cotizado por encima de ese mínimo.
Sin embargo, hay casos en los que no se puede aplicar esta fórmula. Si el vacío en la cotización se debe a que la empresa no cumplió con su obligación de pagar a la Seguridad Social, entonces no se considera laguna, sino una infracción. Y por tanto, no se podrá cubrir ese hueco. Esta diferencia es fundamental para no confundir un fallo administrativo con un parón laboral real.
¿Cuándo se aplicará este cambio?
Uno de los avances más destacados de esta reforma llegará en 2026, con una mejora significativa para las mujeres que hayan tenido interrupciones laborales vinculadas al cuidado de hijos u otras cargas familiares. En estos casos, se podrán integrar hasta 60 meses al 100%, es decir, como si se hubiese cotizado la base mínima completa. Y después, 24 meses más al 80%, antes de pasar al tramo habitual del 50%.
Este refuerzo del sistema tiene un claro enfoque de género, pensado para compensar las desigualdades históricas en el acceso al mercado laboral y las interrupciones más frecuentes por motivos de maternidad. Pero no sólo afecta a las mujeres. Los hombres que hayan reducido su cotización por razones similares también podrán acogerse, aunque con condiciones algo más estrictas.
Por ejemplo, si los hijos nacieron antes de 1995, será necesario acreditar que se dejaron de cotizar al menos 120 días entre los nueve meses previos y los tres años posteriores al nacimiento o adopción. Si nacieron a partir de 1995, bastará con que las cotizaciones de los dos años posteriores al nacimiento se hayan reducido un 15% respecto al mismo periodo anterior.
Integración de lagunas para autónomos
Hasta hace muy poco, los trabajadores autónomos quedaban completamente fuera de este tipo de cobertura. Una vez terminaba su actividad, si no tenían cotizaciones, simplemente no se computaba nada. Pero desde el 18 de marzo de 2023, eso cambió. Ahora, los autónomos también pueden beneficiarse de la integración de lagunas, aunque con ciertas particularidades.
En su caso, sólo se puede aplicar tras un cese de actividad, y durante un máximo de seis meses después de ese cese. La base de cotización que se tiene en cuenta es más baja que la de los asalariados: 960,60 euros mensuales. Pero, aun así, supone un avance importante para un colectivo históricamente desprotegido en este ámbito.
Además, si el autónomo atraviesa varios ceses de actividad a lo largo de su carrera profesional, podrá aplicar esta integración cada vez que se repita esa situación, siempre bajo los mismos límites. Es una fórmula que, aunque no perfecta, reconoce por fin la inestabilidad estructural a la que se enfrentan muchos trabajadores por cuenta propia.
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