Economía
EMPLEO

El Banco de España ve un aumento de la inestabilidad laboral y pide medidas claras al Gobierno

  • Benjamín Santamaría
  • Economista, analista, conferenciante y máster de educación. Redactor de economía en OKDIARIO y autor de "La economía a través del tiempo" en el Instituto Juan de Mariana

El Banco de España constata en su informe anual 2023 un incremento de la inestabilidad laboral en los contratos indefinidos de nueva creación, en especial de los contratos fijos-discontinuos, tras la reforma laboral de 2021. Además, el organismo insta  a incrementar los incentivos para que los parados retornen al empleo, así como a clarificar las causas del despido objetivo para evitar que la posible introducción de indemnizaciones por despido improcedente acordes a las circunstancias del trabajador y más disuasorias, como planea llevar a cabo el Ministerio de Trabajo, judicialice el despido y perjudique el empleo.

En un apartado del informe anual 2023 en el que analiza el grado de estabilidad del empleo, la institución subraya que, desde la aprobación de la reforma laboral, la ratio de temporalidad de la economía española «se ha reducido con intensidad», hasta situarse en el 16,5% a finales de 2023, frente al 25,4% de 2021, con un descenso más acusado en el sector privado, hasta el 13,2%, que en el público, donde la tasa de temporalidad se ha mantenido cercana al 30% en los dos últimos años.

«En conjunto, este descenso ha permitido una considerable convergencia de la ratio de temporalidad en España hacia la que se observa en el promedio del área del euro», destaca la institución, que señala que esta «intensa reducción» de la tasa de temporalidad también es observable en los registros de la Seguridad Social.

Así, la proporción de afiliados con un contrato temporal ha descendido desde el 30,4% de 2021 hasta el 14,9% en 2023, que se explica por un aumento de los contratos indefinidos a tiempo completo en 8,6 puntos, de los contratos indefinidos a tiempo parcial en 4,1 puntos y de los contratos fijos-discontinuos en 3 puntos.

En este sentido, la institución señala que los contratos fijos-discontinuos, «escasamente utilizados» en España antes de la reforma laboral, han más que duplicado su incidencia en la afiliación a la Seguridad Social, pasando del 2,4% en 2021 al 5,7% en 2023.

Por ramas de actividad, el Banco de España apunta que el descenso de la tasa de temporalidad ha sido muy generalizado, aunque «más intenso» en algunos de los sectores con mayores porcentajes antes de la reforma, como la construcción, la hostelería, las actividades artísticas, las actividades administrativas, la agricultura y los otros servicios.

«En todos estos sectores, salvo en el caso de la construcción, una parte significativa de la caída de la temporalidad desde la implantación de la reforma se explica por el empuje de los contratos fijos- discontinuos», asegura el organismo.

Pablo Hernández de Cos, gobernador del Banco de España.

La institución que gobierna Pablo Hernández de Cos intenta aproximar el grado de estabilidad del empleo en el mercado laboral español con un ejercicio descriptivo en el que deja claro que «no constituye una valoración causal de la reforma laboral de 2021», pues dicha evaluación exigirá tener en cuenta el impacto de las medidas aprobadas en múltiples dimensiones, considerar una perspectiva temporal amplia y analizar los posibles efectos asimétricos de la reforma sobre distintos grupos de trabajadores, empresas y sectores.

Utilizando datos de altas y bajas de la Seguridad Social para medir la rotación laboral, el Banco de España constata un descenso de la rotación a partir de la aprobación de la reforma, desde el 1,33% en el promedio del periodo 2015-2019 hasta el 1,12% en el promedio de 2022-2023.

Esta disminución, explica, es fruto del cambio en el porcentaje de trabajadores con contrato indefinido y temporal, pues la rotación entre aquellos con contrato indefinido ha aumentado del 0,25% al 0,61% y sólo se ha reducido levemente entre los trabajadores con un contrato temporal, del 3,40% al 3,19%.

«La mayor rotación en los contratos permanentes desde la entrada en vigor de la reforma laboral viene reflejando los mayores flujos de entrada y de salida del mercado laboral de los trabajadores con contrato indefinido, en general, y, especialmente, de aquellos con contrato fijo-discontinuo. En particular, las tasas de baja de estos contratos han repuntado notablemente en relación con el período 2015-2019», sostiene.

De hecho, subraya que los contratos fijos-discontinuos presentaban con anterioridad a la reforma una tasa de baja que se situaba prácticamente a medio camino entre la del resto de contratos indefinidos y la de los contratos temporales.

Banco de España sobre los parados

La institución considera que lo importante es seguir avanzando en la definición de las causas del despido objetivo ante la inminente resolución del Comité Europeo de Derechos Sociales sobre el coste del despido injustificado en respuesta a la denuncia de UGT de que en España no es suficientemente disuasorio y de que la indemnización ha de tener en cuenta las circunstancias personales del trabajador.

El director general de Economía y Estadística del Banco de España, Ángel Gavilán, ha señalado que introducir este elemento en la regulación del despido, como prevé hacer la vicepresidenta Yolanda Díaz, hará que desaparezcan las indemnizaciones tasadas para pasar a otras que habría que aclarar por vía judicial, elevando así la incertidumbre. De ahí la importancia de clarificar el despido objetivo.

El Banco de España apunta que las indemnizaciones por despido procedentes en España (20 días por año trabajado) «son relativamente elevadas en el contexto internacional», mientras que el coste del despido improcedente (33 días por año de servicio) no está, sin embargo, entre los más altos.

En este sentido, «para favorecer la necesaria reasignación sectorial y ocupacional del empleo», entiende que «podría resultar adecuado» seguir avanzado en la definición de las causas objetivas de despido y en la reducción de la incertidumbre asociada a estos procesos.

«Esto sería particularmente relevante en el contexto de una posible determinación de las indemnizaciones por despido improcedente mediante costes disuasorios y reparativos (artículo 24 de la Carta Social Europea Revisada), que propiciara que la cuantía de dichas indemnizaciones variase en función de la situación personal de cada trabajador, lo que aumentaría, previsiblemente, la conflictividad judicial por despidos y la incertidumbre y el coste de dichos procesos, con potenciales efectos negativos sobre el empleo», apunta el Banco de España.