Las oficinas de la Administración abrirán el 25 de mayo al público con cita previa y limitación de aforo
Las oficinas de la Administración pública abrirán al público a partir del 25 de mayo, con cita previa y limitación de aforo tras un acuerdo entre el Gobierno y los sindicatos de Función Pública.
Así figura en el acuerdo suscrito este lunes, en el que se incluyen las medidas organizativas para la reincorporación gradual de empleados públicos y su adaptación con medidas de seguridad, priorizando el teletrabajo.
En concreto, el acuerdo firmado entre la ministra de Política Territorial y Función Pública, Carolina Darias, y los sindicatos del área pública, persigue avanzar por las distintas fases de desescalada determinadas por el Gobierno, de manera «gradual y segura» para la reincorporación de los empleados públicos.
Fase II de desescalada
Las oficinas de la administración se abrirán al público a partir del 25 de mayo de mayo, coincidiendo con la ‘Fase II’ de desescalada, con cita previa y limitación del aforo, y las oficinas podrán estar abiertas hasta las 21.00 horas.
Prioridad del teletrabajo
El acuerdo contempla una reincorporación progresiva de los trabajadores, dando prioridad al teletrabajo, evitando la incorporación de personas con bajas por incapacidad temporal, con síntomas o en contacto con familiares contagiados, así como con enfermedades crónicas declarados como vulnerables por el Ministerio de Sanidad y a las personas que tengan a su cargo menores o dependientes.
La reincorporación irá paralela al progresivo inicio de la actividad y acudirán a los centros de trabajo las personas «imprescindibles» que presten servicios en los diferentes sectores de producción y económicos que vayan avanzando hacia la situación de nueva normalidad.
Pruebas selectivas
En cuanto a los procesos selectivos, el documento señala que desde el momento que finalice la suspensión de los plazos administrativos declarada por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, las convocatorias de procesos selectivos se podrán tramitar con carácter ordinario.
Eso sí, el órgano convocante de cada proceso selectivo en curso deberá posponer la celebración de pruebas selectivas presenciales de concurrencia masiva por el tiempo imprescindible, de acuerdo con las recomendaciones establecidas por las autoridades sanitarias, garantizándose en todo caso la continuidad de los procesos.
Quedan exceptuados aquellos procesos selectivos relacionados con las medidas adoptadas para la contención de la Covid-19, los que puedan celebrarse por medios telemáticos y aquellos que se encuentren en fase de concurso o cuyo sistema selectivo sea el concurso.
Reuniones por videoconferencia
Con carácter general las reuniones de trabajo se celebrarán mediante audioconferencia o videoconferencia evitándose en lo posible las reuniones presenciales o que impliquen desplazamientos a otra localidad. Así, o se podrá asistir a reuniones que se celebren en unidades territoriales diferentes a aquella en la que se encuentre el centro de trabajo, salvo por causas excepcionales y justificadas, de acuerdo con los criterios establecidos por el Ministerio de Sanidad en función de cada Fase.
A su vez, se suspenderán todos aquellos viajes de trabajo que puedan solventarse mediante llamada o videoconferencia, ni se permitirá viajar a unidades territoriales diferentes, salvo causas excepcionales y justificadas.
Por último, las unidades responsables de la organización de cursos y actividades formativas desarrollarán, con carácter prioritario, su actividad mediante medios telemáticos, con la finalidad de minimizar los posibles riesgos para la salud, respetando en todo caso los términos que determinen las autoridades sanitarias.
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