El Supremo confirma la absolución de Neymar, Rosell y Bartomeu por el fichaje del brasileño por el Barça
La Audiencia de Barcelona ya determinó que no había delito en la adquisición del jugador
Los hechos probados reflejan "la inconsistencia de la acusación"
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El caso Neymar ha dado un giro radical que ha traído buenas noticias tanto al futbolista brasileño como a los expresidentes de la entidad azulgrana Sandro Rosell y Josep Maria Bartomeu. Después de que fuesen todos ellos acusados de corrupción y estafa por el fichaje en verano 2013, el Tribunal Supremo finalmente les ha absuelto de todos los cargos al considerar que no hubo indicios de cometer alguna ilegalidad en la compra del delantero.
La sentencia considera probado que la sociedad mercantil brasileña DIS compró en marzo de 2009 todos los derechos económicos derivados de los derechos federativos del jugador. En ese momento jugaba ante el Santos y que, a cambio de los mismos, DIS pagó cinco millones de reales brasileños.
Sin embargo, el Barcelona firmó un pacto con el jugador para que, cuando quedara libre, firmase en 2014 y abonó una cantidad sobre la que DIS entiende que hubo fraude porque debió estar integrada en sus derechos económicos a percibir indemnización, dado que el fichaje de Neymar se adelantó en 2013.
El Supremo considera que, a pesar de que DIS hubiese podido participar en dichos derechos para tener el 40% de los derechos económicos, no era titular de los derechos federativos, que son aquellos que permiten al jugador poder fichar por un equipo distinto mientras tiene contrato en vigor con otro club. En este sentido, DIS recibió por el traspaso de Neymar hasta 6.840.000 euros, lo que representa el 40% de los 17.100.000 del precio de la venta.
El contrato de Neymar era real
El Supremo sostiene que no existe ninguna prueba indiciaria que lleve a la indiferencia de que los contratos previos se llevaron a cabo para ocultar una intención de que los contratos previos se llevaron a cabo para ocultar una intención defraudatoria de los derechos económicos de DIS, sino que se trató de una práctica llevada a cabo por un club interesado en contratar Neymar cuando quedase libre.
«Esto no supone una actuación delictiva de corrupción entre particulares ni de simulación contractual, por cuanto el contrato y la intención subyacente de las partes era real, cual pactar unas condiciones económicas y abonarlo para cuando Neymar quedara libre, lo que queda en el terreno del derecho deportivo y normas FIFA o UEFA, pero no afectante al derecho penal», concluye. Sobre si el Santos tuvo conocimiento o no del pacto de noviembre de 2011, es «irrelevante», porque finalmente hubo traspaso y todos cobraron lo que con arreglo a derecho figuraba por contrato.
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