Los dueños de galeras ganan la guerra del calor al alcalde de Palma
El juez tumba el decreto que prohibía la circulación de calesas entre las 12.00 y 17.00 horas en verano
La sentencia considera que se vulneró el derecho de los afectados al no darles audiencia
Los propietarios denuncian la acérrima aversión del gobierno municipal a este servicio de carruajes por el centro
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Los dueños de galeras han ganado la partida al Ayuntamiento de Palma en los tribunales al estimar el recurso que habían presentado contra el decreto municipal que prohibía su circulación en los meses de verano, cuando se superasen los 36 grados entre las 12.00 y las 17.00 horas.
El juez considera que el decreto viene a modificar de forma sustancial la ordenanza municipal de protección animal, por lo que el Ayuntamiento de Palma, presidido por el alcalde socialista José Hila, tendría que haber realizado una modificación de esta normativa.
Básicamente, aduce el magistrado, porque se está innovando el texto de la misma y ello se lleva a cabo, como se puede comprobar en el expediente, “prescindiendo absolutamente del trámite de información pública y atendiendo, única y exclusivamente, a la emisión de un informe por parte del veterinario municipal”.
Un documento en el que se indica que el nivel de aviso amarillo de la Agencia de Meteorología supone “un determinado grado de peligro para las actividades físicas y, por tanto, en tales condiciones meteorológicas, se representa un riesgo para la salud”.
Los afectados por el decreto denunciaron ante el juez en su recurso la “acérrima aversión al servicio de galeras” por parte del equipo de gobierno del Consistorio palmesano.
A su juicio, con ese decreto, ahora suspendido, se estaría tratando de conseguir el abandono voluntario del servicio para evitar su rescate y el consiguiente abono de las indemnizaciones a las que hubiera lugar por parte del Consistorio palmesano.
El decreto municipal afectaba directamente a la rentabilidad de este servicio de transporte porque es en la temporada estival cuando los titulares de estas licencias municipales obtienen en torno al 85% de los ingresos. Se da en este caso, además, el agravante de que son las horas para las que se establece la suspensión del servicio las de mayor afluencia de usuarios.
Por ello, los afectados proponían que en vez de una medida tan drástica, se estudiaran otras que no se estarían adoptando y que tendrían más efectividad como la de proporcionar sombra, ventilación y bocas de agua para los equinos en las diferentes paradas existentes en la capital balear. Además los dueños de galeras lamentaban que el Ayuntamiento de Palma no extendiera esta suspensión del servicio a los caballos de la Policía Local.
El juez deja claro en su veredicto que la omisión del trámite de información pública a los afectados se antoja decisivo en este caso, algo que el decreto municipal habría vulnerado. Todo ello en línea con los propietarios de estas calesas que denunciaban la falta de tramitación del procedimiento administrativo y la omisión de audiencia a los interesados. A juicio de éstos, se habría decretado una limitación de los derechos de los galeristas, en el legítimo interés del bienestar animal pero prescindiendo del procedimiento requerido para ello.
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