El Consell de Mallorca extrema el control sobre sus vehículos para evitar otro ‘caso Bestard’
Aprueba el protocolo de uso de vehículos de la institución, inexistente hasta ahora
Los socialistas han llevado a Pedro Besgtar angte la Fiscalía por un uso presuntamente abusivo de vehículos oficiales
El Consell de Mallorca ha aprobado la instrucción relativa al uso de los vehículos de los que dispone la institución para el ejercicio de sus funciones, con el objetivo de garantizar su buen uso. El consejero de Hacienda, Innovación y Función Pública, Rafel Bosch, ha afirmado que «este protocolo de actuación da respuesta a un vacío legal que existía hasta el día de hoy, mejora los mecanismos de control, aporta una mayor seguridad jurídica y refuerza la transparencia».
Bosch ha destacado que «es un documento dialogado y consensuado con todos los grupos con representación en el Consell de Mallorca, que incorpora sus aportaciones y que nace con vocación de permanencia y continuidad».
Este protocolo es de aplicación a todo el personal funcionario, laboral, eventual y directivo del Consell de Mallorca y a todos los altos cargos, y no afecta a los vehículos oficiales con chófer, que se regulan por sus propias normas. Por otra parte, establece que los vehículos deberán estar debidamente rotulados con los logotipos oficiales del Consell de Mallorca y de sus organismos autónomos, a excepción de aquellos que, por razones de seguridad o de protección de menores, deban prescindir de la rotulación oficial.
Asimismo, cada servicio o departamento deberá designar a una persona responsable de la asignación de los vehículos, así como a una persona responsable de la custodia de las llaves de los vehículos y un punto de recogida y devolución. La solicitud del vehículo deberá efectuarse cumplimentando el formulario disponible a través de la intranet del Consell de Mallorca, con una antelación mínima de 24 horas y máxima de 5 días.
En cuanto a la devolución del vehículo, deberá realizarse en el lugar de recogida y el usuario deberá firmar indicando la hora y los kilómetros acumulados antes y después del desplazamiento. Además, la instrucción dispone que los vehículos deberán pernoctar en los aparcamientos de los recintos o edificios a los que estén adscritos. Solo en casos excepcionales, previa justificación y autorización, el vehículo podrá pernoctar en un lugar diferente.
Por último, el protocolo establece que los vehículos solo podrán utilizarse por razones de servicio y, en ningún caso, por motivos particulares. Asimismo, determina que no podrán transportarse personas ajenas al servicio, salvo que la naturaleza de las funciones así lo exija.
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