La ‘chapuza’ de Armengol con las mascarillas: contrató una aerolínea que no podía operar en China
Los aviones inicialmente alquilados a PANAF tuvieron que ser sustituidos por dos de Air Europa
El fiasco supuso un sobrecoste de 480.000 euros y el retraso en el transporte permitió a China requisar parte del mismo
Contratar una aerolínea que no podía operar en China. Ésta fue la chapuza de la ex presidenta socialista del Govern balear, Francina Armengol, con la compra de mascarillas y el resto de material sanitario adquirido en plena pandemia en el país asiático, provocando un quebranto a las arcas públicas de 480.000 euros por las consecuencias derivadas del retraso para su traslado a las Islas.
El Servicio Balear de Salud -el IB-Salut-, encabezado por la consellera socialista Patricia Gómez, tuvo que desembolsar ese importe en gastos adicionales e imprevistos a causa de los retrasos ocasionados por los fallos logísticos de la aerolínea alemana PANAF para transportar mercancía sanitaria del fabricante chino Shanghai Fanrui.
En concreto, el 5 de abril de 2020, el IB-Salut encargó material sanitario a esta empresa, un proveedor «un tanto dudoso», como lo califica la Oficina Anticorrupción de Baleares en un informe, ya que se dedicaba «principalmente al suministro de alimentos saludables y productos dietéticos, alimentos para bebés y bebidas alcohólicas».
Los dos vuelos contratados con la aerolínea PANAF con la mercancía hacia Palma estaban previstos para el 28 de abril y el 1 de mayo. Como resultó que PANAF carecía de permisos para operar en China y no tenía operador que enlazara el proveedor con la aerolínea, el IB-Salut se vio obligado a contratar de urgencia dos aviones de Air Europa que partieron dos semanas después hacia la capital balear con ese cargamento sanitario. Pero no todo el material.
Entre gestiones y retrasos, el Gobierno chino decidió cambiar la normativa de exportación, requisando una parte del material sanitario que ya estaba preparado para despegar con destino Palma. Consistía en 6 millones de guantes que habían sido encargados el 5 de abril a 0,18 euros la unidad; un total de 1,080 millones de euros.
El retraso acumulado permitió que las autoridades requisaran los guantes, que fueron devueltos para ser «reetiquetados o fabricados de nuevo, cosa que incrementó considerablemente el precio de los mismos», según la Oficina Anticorrupción.
El precio ascendió a 0,265 euros por unidad, por lo que sólo se entregaron 4,110 millones de guantes en vez de los 6 millones que se habían contratado.
Cuando se entregaron los guantes, los dos aviones de Air Europa ya habían partido rumbo a Palma con el resto del material sanitario. Para transportar los guantes a Mallorca, el Govern tuvo que contratar parte de la carga de un tercer avión de la aerolínea Air Cargo. Una mercancía que llegó a Palma el 10 de junio, 40 días después de lo previsto.
Factura de 101.995 euros
El informe del entonces director de la Oficina Anticorrupción, Jaime Far, recoge una factura en concepto de «otros servicios» de 40.000 euros cargada al IB-Salut a favor de Shanghai Fanrui, presumiblemente por servicios de almacenaje mientras la mercancía permanecía atascada en el aeropuerto.
En total, el quebranto para las arcas públicas por los retrasos ocasionados por contratar una aerolínea sin los permisos obligatorios para operar en el país asiático fue de 482.195 euros. Una cantidad que es el resultante del incremento del precio de los guantes tras ser requisados por las autoridades chinas (340.200 euros); los costos de almacenaje en el aeropuerto de Shanghai (40.000) y el transporte para traerlos a Palma con Air Cargo (101.995) 40 días después.
Hay que recordar que Jaime Far, en su informe, advierte de los riesgos de corrupción y derroche por la relajación de los controles de fiscalización que suponen las adjudicaciones directas «a cualquier precio a empresas desconocidas».
La única ventaja de la tramitación de emergencia es acortar los plazos de entrega, algo que es dudoso que ocurriera si consideramos los retrasos provocados por el fiasco de la aerolínea PANAF.
«Si se invoca la extrema urgencia, la necesidad de contratación ha de satisfacerse inmediatamente. La excepción no puede invocarse para adjudicaciones de contratos que tarden más de lo que habrían tardado si se hubiera recurrido a otro procedimiento, abierto o restringido, incluidos los procedimientos (abiertos o restringidos) acelerados», concluye Far.
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