Andalucía
Ley del sólo sí es sí

La Ley Montero permite rebajar la pena de un profesor británico que abusó de varias menores en Almería

La chapuza judicial de Irene Montero ha permitido una nueva rebaja de pena en Almería. Concretamente, la Audiencia Provincial de Almería ha rebajado en tres meses, hasta los 11 años y tres meses de cárcel, la condena impuesta la profesor británico C.T. por los abusos sexuales hacia una alumna con la que entabló hacia mitad de curso en 2016 una relación «fingidamente amistosa, dándole un trato preferente y logrando que el vínculo con ella se volviera poco a poco más personal e íntimo» en base a la aplicación de la Ley Orgánica de Garantía Integral de Libertad Sexual, conocida como la ley del ‘solo sí es sí’.

El auto de la Sección Segunda apunta que el delito por el que el acusado fue condenado tenía un marco punitivo de 11 a 12 años de prisión, de modo que el tribunal optó por imponer 11 años y seis meses a tenor de un reproche en su grado medio.

No obstante, con la entrada en vigor de la nueva ley, la horquilla se movería en su margen inferior hasta los 10 años y seis meses, por lo que al bajar la cota mínima del tipo penal, el tribunal opta ahora por ajustar la condena en base a sus criterios, según recoge la resolución judicial.

C.T. fue condenado en firme por el Tribunal Supremo, de modo que también prohibía al docente acercarse a menos de 500 metros de la víctima y comunicarse con ella por un periodo de 17 años al tiempo que lo inhabilitaba para ejercer como profesor o en cualquier otro cargo que conlleve un contacto «regular y directo» con menores durante 16 años. También le impone diez años de libertad vigilada.

Así, destaca el «prevalimiento» del que se sirvió el profesor sobre su alumna para acometer los abusos en el curso 2015/2016 cuando el acusado, guiado por un ánimo libidinoso y aprovechando la especial situación de ascendencia y superioridad que le brindaba su condición de profesor, inició con la menor una relación «fingidamente amistosa» que «se tornó más intensa aproximadamente a partir del mes de mayo de 2016», a partir de la cual se dieron varias relaciones sexuales.

Algunas de estas relaciones fueron grabadas en vídeo y aportadas la causa después de que la víctima se hiciera con ellas al acceder a la cuenta del acusado con unas claves que, según ella, compartían. En este sentido, el condenado se enfrenta a otros cuatro años de prisión acusado de un delito contra la intimidad sexual ante estas filmaciones.

El hombre aceptó en otro juicio dos años y medio de prisión por otro caso de abuso sexual al reconocer ante el tribunal que también abusó sexualmente de una prima de su primera víctima. La persecución que realizó sobre la principal perjudicada, quien se desplazó hasta Alemania para evitar el contacto con el hombre, le costó otra condena de un año de cárcel y 60 días de trabajos en beneficios de la comunidad por quebrantamiento de medidas de alejamiento.

El caso también guarda relación con un procedimiento más, en este caso dirigido contra la madre del condenado, P.H., acusada de un delito de obstrucción a la justicia al haber intentado presuntamente influir sobre la menor para que exculpara a su hijo durante la instrucción de la causa principal. La Fiscalía pide por ello una pena de un año y tres meses de prisión.