El ex alcalde socialista de Linares cobró cientos de miles de euros públicos con sobresueldos ilegales
El ex regidor socialista se asignaba 1.700 euros al mes con fondos del grupo municipal sin autorización
El Supremo rechaza el recurso de Juan Fernández y deja firme su condena por malversación continuada
El ex alcalde socialista de Linares, Juan Fernández Gutiérrez, ha sido condenado a tres años de prisión y siete de inhabilitación absoluta por apropiarse de 125.377 euros públicos entre 2011 y 2017, mientras ejercía como portavoz del grupo municipal socialista. La sentencia fue confirmada este martes por el Tribunal Supremo, que ha rechazado su recurso y ha validado el fallo anterior del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
Según los hechos probados, Fernández, que fue alcalde de Linares entre 1999 y 2019, emitía mensualmente cheques al portador por valor de 1.700 euros, que cobraba personalmente sin autorización ni conocimiento del resto del grupo municipal socialista. Este desvío se prolongó durante seis años, hasta sumar un total de 125.377 euros. El dinero provenía de cuentas del grupo municipal socialista que estaban nutridas exclusivamente por fondos públicos del Ayuntamiento de Linares.
El Tribunal Supremo considera probado que Fernández conocía perfectamente el origen público del dinero y su obligación de destinarlo a actividades propias del grupo político. En su sentencia, cuyo ponente ha sido la magistrada Susana Polo, se califica la actuación del ex alcalde como «clandestina», ya que no existe justificación documental alguna de los pagos, ni tampoco constancia de que el grupo municipal autorizase o tuviera conocimiento de estos sobresueldos.
La resolución subraya que Fernández actuó con plena conciencia de que estaba usando fondos públicos para su beneficio personal, dado que durante años desempeñó responsabilidades institucionales y conocía el funcionamiento de las cuentas municipales. «Destinar los fondos del grupo municipal a un sobresueldo para quien ostenta, con dedicación exclusiva, el cargo de alcalde, es un desvío ilícito de tales fondos», afirma el alto tribunal.
La sentencia también descarta que se tratara de dietas, indemnizaciones u otros gastos vinculados a la actividad política del grupo. En realidad, se trataba de una autoasignación mensual de dinero al margen de cualquier mecanismo de control, fiscalización o transparencia. La Sala de lo Penal concluye que no hay «explicación lógica ni jurídica» que justifique estos ingresos irregulares.
El TSJA ya había rebajado la condena impuesta inicialmente por la Audiencia Provincial de Jaén, que fue de cuatro años de cárcel y diez de inhabilitación. Sin embargo, el Supremo ratifica la última pena impuesta, con tres años de prisión y siete de inhabilitación absoluta, dejando firme la condena contra el ex alcalde socialista por un delito continuado de malversación de caudales públicos.
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