La Fiscalía no ve violencia de género en el caso de Ángel Hernández y recurrirá la decisión del juez
La Fiscalía General del Estado no ve violencia de género en el caso de Ángel Hernández y María José Carrasco y recurrirá la decisión del juez que decidió llevarlo a un juzgado específico de violencia contra la mujer. "No compartimos ni la decisión ni los argumentos sobre los que se sostiene", ha señalado el Ministerio Público.
La Fiscalía General del Estado anuncia que va a recurrir la decisión del magistrado que ha pasado el caso de Ángel Hernández, el hombre que ayudó a su esposa a morir la pasada semana tras más de tres décadas enferma de esclerósis múltiple, a un juzgado de violencia de género. El Ministerio Público entiende que no se trata de un caso de violencia de género porque no existe un contexto de «dominación y discriminación » del hombre sobre la mujer.
Así lo ha avanzado la fiscal de Sala de Violencia sobre la Mujer, Pilar Martín Nájera, en una comparecencia convocada tras conocerse la decisión de la juez titular del Juzgado de Instrucción número 25 de Madrid, de derivarlo a uno de violencia contra la mujer. «No compartimos ni la decisión ni los argumentos en los que se ha basado el juzgado para acordar la inhibición», ha declarado Martín Nájera, que ha dicho que, a juicio de la Fiscalía, en el caso de muerte de Carrasco «desde el primen momento ya concurren circunstancias y elementos» que «excluyen y eliminan» la violencia de género.
Nájera ha incidido en que la legislación y la doctrina del Tribunal Supremo es «clara» y para que se juzgue como un caso de violencia de género debe haber un contexto de «discriminación y dominación» del varón sobre la mujer. Sin embargo, según ha recordado, la propia Carrasco pidió de forma «libre y voluntaria» terminar con su sufrimiento, algo que finalmente ejecutó su pareja.
Para la fiscal, el juez de instrucción que se ha inhibido hace una «interpretación sesgada» de la doctrina del TS ya que justificó la derivación del caso a un juzgado específico de Violencia sobre la Mujer de acuerdo a la última doctrina marcada por el alto tribunal. Lo que las sentencias del TS marcan, según ha apostillado Martín Nájera, es que no se considera violencia sobre la mujer de «manera automática» cuando la víctima es mujer, sino que «es necesario que se dé el sustrato o contexto de discriminación, situación de desigualdad y dominación del varón sobre la mujer».
«No es un acto de violencia de género y por ello recurrimos», ha incidido Nájera, que considera que la valoración «sesgada» de las sentencias del Supremo se debe «posiblemente» a que no es un juez especializado. «Para apreciar que existe un delito de violencia sobre la mujer no es necesario un elemento subjetivo un móvil de humillación, pero no basta simplemente la relación entre hombre o mujer, sino que es necesario que esa relación sea de abuso, discriminación o dominación y yo creo que ese matiz es el que no ha atendido el juez de instrucción», ha recalcado.
En este sentido, ha afirmado que también la Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género es «clarísima», al «igual» que la doctrina del Supremo, «diciendo que no es la relación o la diferencia de sexos sino precisamente esa situación de dominación que existe en la relación». «Creo que es claro que no se necesita ninguna reforma legal», sostiene.
Tras la derivación del caso a un juzgado de Violencia sobre la Mujer, ahora éste debe decidir si acepta o no la instrucción del caso de María José Carrasco. En el caso de que la rechace, surge una cuestión de competencias que deberá resolver un órgano superior, es decir, la Audiencia Provincial, según ha explicado Martín Nájera. En este caso, la Fiscalía va a recurrir la inhibición antes de que haya llegado al juzgado de Violencia sobre la Mujer, por lo que si el juez de instrucción «no revoca su propia decisión», será la Audiencia la que resuelva el recurso planteado por la Fiscalía.
Preguntada por la posibilidad de que el juzgado de Violencia sobre la Mujer acepte quedarse con el caso de María José Carrasco y decida archivarlo, Martín Nájera no lo ha descartado, alegando que esto mismo podría suceder si se queda en manos de un juzgado de instrucción.
Por otro lado, desde el Observatorio de la violencia de género del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) no han querido pronunciarse sobre la decisión del juez de instrucción «por respeto a la independencia judicial», al menos hasta que haya una decisión del juzgado de violencia sobre la Mujer al que se ha derivado el caso de Carrasco.
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