Absuelto el ‘capo’ de la droga de la cárcel de Alcalá-Meco al anularse los pinchazos telefónicos
La Policía incluso llegó a requisar la droga pero todo queda anulado por un defecto legal
P. A., uno de los capos que controla el tráfico de drogas desde el interior de la cárcel de Alcalá-Meco y otros cuatro presuntos colaboradores más, incluidos otros internos y una funcionaria de prisiones, han sido absueltos de la acusación de intentar meter en la prisión un kilo de hachís. El tribunal ha anulado los pinchazos telefónicos que destaparon la operación y por ese motivo no considera demostrado que existió esa operación de tráfico de drogas, ni que el principal acusado controlara la venta de droga en la cárcel. Todo eso ya no existe jurídicamente. Aunque la Policía sí llegó a detenerlos a todos, dentro y fuera de la cárcel y decomisar la droga, pero al anular los pinchazos, la sentencia también considera como no demostrado que el producto incautado fuera droga. La Fiscalía pedía para los miembros de la organización criminal condenas de entre 4 y 10 años de cárcel.
A pesar de que cuatro confidentes alertaron desde el interior de la prisión de la inminente operación de tráfico de drogas en la cárcel planeada por P., la Audiencia Provincial estima que la Policía tenía que haber investigado la veracidad de esos chivatazos antes de pedir que se pincharan los teléfonos de los sospechosos. Lo cierto es que la operación tuvo lugar y la Policía sorprendió en la calle a los traficantes entregando la supuesta droga a una funcionaria de prisiones que se iba a encargar de dársela al preso P. en el interior de la cárcel.
«Una información confidencial en la que permanezca anónima la fuente no constituye nunca una base suficiente por sí sola para acordar una intervención telefónica», precisa la Audiencia en su sentencia. «La nulidad de las intervenciones telefónicas, que era la prueba esencial y que acreditaba todos los hechos objeto de acusación, determina la nulidad de todas las pruebas derivadas de las mismas, como son las testificales y periciales», así ha quedado anulada toda la prueba a pesar de que el relato de hechos que recoge la misma sentencia no deja lugar a dudas del intento de tráfico de drogas.
4 confidentes dentro de la cárcel
Según explica la sentencia, todo arrancó el mes de abril de 2021 cuando el director del centro penitenciario Madrid II en Alcalá-Meco recibió informaciones de cuatro presos que hacen la tarea de confidentes dentro de la cárcel. Uno explicaba que P. era el «capo» del módulo 1 y controlaba la venta de droga en el interior de la prisión. Otro contaba que Patrick iba a recibir 1 kg de hachís dentro de la cárcel en breve. El tercer confidente explica que en esa operación va a participar una funcionaria de la prisión. El cuarto confidente confirma todo lo que cuentan los demás.
Con esos mimbres, el director de la prisión elaboró un informe que envió a la comisaría de la Policía Nacional en Alcalá de Henares, tras consultar con el Juzgado de Guardia. La Policía, según la Audiencia Provincial de Madrid, tenía que haber investigado la veracidad de esas informaciones para descartar que no estuvieran motivadas por venganzas o intereses de los propios presos. Según la Audiencia, no lo hizo, y pidió directamente los pinchazos telefónicos de los sospechosos.
Droga en paquetes de cereales
Tras los pinchazos telefónicos, en el mes de junio la Policía sorprendió a la funcionaria de prisiones sospechosa, recibiendo un paquete en una calle del barrio de Villaverde. Al ver a los agentes, la funcionaria huyó en su vehículo, pero fue detenida poco después con el paquete en su poder. Se trataba de dos cajas de cereales de chocolate que en su interior contenían la supuesta droga, ocho tabletas de hachís. La funcionaria declaró que bajo amenazas de muerte a su familia aceptó recoger el paquete para introducirlo en prisión sin conocer su contenido.
La Policía también detuvo a la mujer que le entregó la droga a la funcionaria para introducirla en la cárcel. Igualmente, arrestó al traficante que por 1.500 euros le vendió la droga a esa mujer en un piso de la calle López de Hoyos de Madrid y al compañero de celda del «capo».
Los cinco se sentaron en el banquillo este mes de septiembre acusados de delitos de pertenencia a organización criminal, tráfico de drogas en la cárcel y cohecho, en el caso de la funcionaria de prisiones. Sin embargo, al anular las intervenciones telefónicas por haberse cometido sin pruebas sólidas y sólo con cuatro chivatazos, todo se ha venido abajo.
De esta forma, la Audiencia Provincial de Madrid ha dictado sentencia este pasado lunes 23 de septiembre absolviendo a todos los acusados y ordenando que se requisara la droga descubierta en la operación policial.
El despacho de Marcos García Montes, al que pertenece el letrado Marcos García Ortega que defendía a P., el principal acusado, no oculta la satisfacción con la sentencia ya que «se estiman las impugnaciones que ésta parte formuló en su momento ya que se intervinieron de forma ilegítima las comunicaciones de los internos ya que la Policía no comprobó antes si eran fiables las sospechas que podían motivar las intervenciones de las comunicaciones de los internos».
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