Transporte

El Gobierno lo confirma: el 1 de octubre entra en vigor el nuevo reglamento y los autobuses con pasajeros de pie no podrán exceder este límite de velocidad

Las normas de tráfico españolas sufrirán numerosas modificaciones que afectarán sobre todo a la circulación de los autocares

  • Carmen Ruiz
  • Carmen Ruiz Rodríguez (Madrid, 2005) es estudiante de periodismo en la Universidad Complutense de Madrid (UCM) desde el año 2023. Es especialista en periodismo de SEO y en información de actualidad. Con experiencia en comunicación empresarial y radio.

Las novedades de circulación en este último tramo de año entrarán en su totalidad el 1 de octubre de 2026. El Reglamento General de Circulación introducirá cambios notables en las normas de tráfico en España y, entre estas nuevas normas de circulación, destaca una que afectará directamente a los autobuses que transportan pasajeros de pie, ya que estos vehículos tendrán que respetar un límite máximo de 80km/h en vías convencionales fuera de poblado.

Una modificación que se encuentra dentro del Real Decreto 518/2026, 24 de junio, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). El objetivo de esta nueva regla es adaptar la velocidad máxima a las características del transporte y reforzar la seguridad de los pasajeros.

La aplicación de esta nueva modificación

La fecha de estas modificaciones está fijada en el calendario para los conductores y empresas de transporte para el día 1 de octubre de 2026. Este día entrará en vigor el Real Decreto 518/2026 con las nuevas normas de circulación. La reforma que fue publicada en el BOE el 26 de junio engloba numerosos cambios también hacia motoristas, ciclistas, peatones, usuarios de patinetes eléctricos y otros usuarios de la vía.

Las transformaciones de la normativa

El nuevo límite de velocidad afectará sobre todo a los autobuses y se comenzará a aplicar en octubre, aunque el nuevo Reglamento General de Circulación traerá consigo los siguientes cambios para otros vehículos y conductores:

Estos cambios no serán obligatorios desde el primer día, sino que irán instaurándose gradualmente. Además, algunas obligaciones relacionadas con los cascos de los ciclomotores no serán exigibles hasta el 1 de octubre de 2027. Por otro lado, también se aplazará hasta ese día la exigencia del alumbrado diurno de los vehículos de movilidad personal.

El caso de los autobuses

Con esta reforma, el Gobierno pretende actualizar el régimen de velocidades aplicable a autobuses. La clave de lo anterior se encuentra en que los autobuses que transporten pasajeros de pie tendrán el límite de velocidad máxima en 80 km/h en vías convencionales fuera de poblado. Una medida que se encuentra dentro del Reglamento General de Circulación, el cual actualizará las reglas de tránsito y reforzará la protección de los usuarios más vulnerables. Así que, a partir del 1 de octubre de 2026 se aplicarán numerosas modificaciones en las normas de tráfico españolas que llevan más de dos décadas sin una revisión profunda de este nivel.