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Giro en las normas de la DGT: el cambio que llega a las carreteras españolas ees oficial y el BOE lo ha confirmado

  • Janire Manzanas
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El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la resolución de 14 de enero de 2026 de la Dirección General de Tráfico (DGT), por la que se establecen nuevas medidas especiales de regulación del tráfico durante el año 2026. Entre las principales novedades destaca la posibilidad de prohibir el adelantamiento a vehículos pesados en tramos y horarios concretos.

En este sentido, la Jefatura Central de Tráfico podrá restringir la maniobra de adelantamiento a vehículos de más de 7.500 kilogramos de masa máxima autorizada (M.M.A.), así como a aquellos que requieran autorización complementaria o que se consideren vehículos especiales. La medida no será permanente, sino que se aplicará en días y horarios específicos. La prohibición estará recogida en los anexos de la resolución y afectará a fechas señaladas como Semana Santa, operaciones especiales de verano y otros periodos de gran movilidad. Asimismo, la restricción se podrá activar en función de las condiciones del tráfico, mediante paneles luminosos de mensaje variable.

La nueva norma de la DGT en las carreteras españolas

El artículo del artículo D.1.1 de la «Resolución de 14 de enero de 2026, de la Dirección General de Tráfico, por la que se establecen medidas especiales de regulación de tráfico durante el año 2026»: «Por fenómenos meteorológicos adversos. Ante fenómenos meteorológicos adversos, se podrá restringir la circulación de determinados tipos de vehículos, sin perjuicio de la obligación que incumbe a los conductores de camiones, con masa máxima autorizada (M.M.A.) superior a 3.500 kg, autobuses, autobuses articulados y conjuntos de vehículos, de circular obligatoriamente por el carril derecho de la vía, así como la de no efectuar adelantamientos ni rebasamientos en los casos de nieve, hielo, baja visibilidad por niebla o viento fuerte».

Mientras, el artículo D.3.1 recoge: «Prohibición de adelantamiento en determinados tramos de carretera a vehículos de transporte. Con objeto de incrementar la seguridad vial y favorecer la fluidez de la circulación, el Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico podrá fijar, durante días y periodos horarios concretos, la prohibición de adelantamiento a los vehículos de más de 7.500 kg de M.M.A., vehículos que precisen autorización complementaria y vehículos especiales».

No es una prohibición permanente, sino que la DGT fija ciertos días, horas y tramos en los que la maniobra queda limitada. Algunas de las vías afectadas serán la A-62 el día 6 de abril, la A-49 y la AP-4 todos los sábados de verano o la A-1 los domingos de julio y agosto.

Interrupción de obras en carretera

Por otro lado, el BOE ha publicado un anexo sobre la «interrupción de obras en carretera con motivo de las circunstancias o características especiales del tráfico».

En el caso de la Semana Santa, la suspensión se aplicará desde las 13:00 horas del viernes 27 de marzo hasta las 24:00 horas del domingo 29 de marzo; asimismo, desde las 10:00 horas del miércoles 1 de abril hasta las 24:00 horas del viernes 3 de abril; desde las 8:00 horas hasta las 24:00 horas del domingo 5 de abril; y de 8:00 a 24:00 horas del lunes 6 de abril en las Comunidades de Aragón, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Madrid, Región de Murcia, La Rioja y provincia de Jaén. Igualmente, en la provincia de Sevilla, en las calzadas decrecientes de las carreteras AP-4 y A-66, será de 6:00 a 16:00 horas.

Respecto al 1 de mayo, la suspensión comprenderá desde las 13:00 horas del jueves 30 de abril hasta las 24:00 horas del domingo 3 de mayo. En cuanto a la 1 Operación del Verano, se aplicará desde las 13:00 horas del viernes 3 de julio hasta las 24:00 horas del domingo 5 de julio. Del mismo modo, para el 1 de agosto, regirá desde las 13:00 horas del viernes 31 de julio hasta las 24:00 horas del domingo 2 de agosto. En el caso del 15 de agosto, será desde las 13:00 horas del viernes 14 de agosto hasta las 24:00 horas del domingo 16 de agosto. Además, durante el Retorno del Verano, la suspensión se extenderá desde las 13:00 horas del viernes 28 de agosto hasta las 24:00 horas del lunes 31 de agosto.

En relación con la Fiesta Nacional de España, se establecerá desde las 13:00 horas del viernes 9 de octubre hasta las 24:00 horas del lunes 12 de octubre. Asimismo, para Todos los Santos, será desde las 13:00 horas del viernes 30 de octubre hasta las 24:00 horas del lunes 2 de noviembre. Finalmente, en el periodo Constitución-Inmaculada, se suspenderán las obras desde las 13:00 horas del viernes 4 de diciembre hasta las 24:00 horas del domingo 6 de diciembre, y también desde las 13:00 horas del lunes 7 de diciembre hasta las 24:00 horas del martes 8 de diciembre.

En cuanto a la suspensión de obras que afecten a la plataforma de circulación, en los fines de semana especiales del verano 2026, comprendidos entre el viernes 26 de junio y el domingo 6 de septiembre, se aplicará desde las 13:00 horas de los viernes hasta las 24:00 horas de los domingos en los fines de semana del 26, 27 y 28 de junio; 10, 11 y 12 de julio; 17, 18 y 19 de julio; 24, 25 y 26 de julio; 7, 8 y 9 de agosto; 21, 22 y 23 de agosto; y 4, 5 y 6 de septiembre. En el resto de fines de semana del año 2026, con carácter general y salvo autorización expresa por necesidades de urgencia o motivos justificados, la suspensión será desde las 13:00 horas de los viernes hasta las 24:00 horas de los domingos.