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Es oficial: el Gobierno cambia las normas y, a partir del 1 de octubre, obliga a los motoristas a llevar esta prenda de ropa

Pedro Sánchez. (Europa Press)
Pedro Sánchez. (Europa Press)

El gobierno ha puesto en marcha un nuevo Reglamento General de Circulación en España que se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). El Real Decreto 518/2026 se aplicará a partir del 1 de octubre de este mismo año, con una serie de modificaciones importantes en las normas de tráfico y pone especial énfasis en la protección de los denominados usuarios vulnerables de la vía.

La nueva normativa afecta a múltiples ámbitos de la circulación, desde el equipamiento obligatorio de motoristas hasta los adelantamientos de ciclistas, pasando por las nuevas normas para pacientes eléctricos, bicicletas, peatones, autocaravanas, carriles de emergencia o circulación urbana.

¿Ropa obligatoria para los motoristas?

Las novedades que trae consigo esta nueva norma afectan sobre todo a los motoristas. El régimen de vestimenta se verá modificado a partir del 1 de octubre, debido a que será obligatorio utilizar calzado cerrado que cubra todo el pie. La exigencia se dará para vías urbanas e interurbanas. La excepción de esta norma sólo se dará en aquellos vehículos que dispongan de una estructura de autoprotección y cinturones de seguridad, siempre que así figure en su documentación.

Los guantes de protección también se vuelven un complemento obligatorio. Los conductores y pasajeros deberán utilizarlos cuando circulen por vías interurbanas. La norma contempla que las características técnicas de estos guantes sean desarrolladas posteriormente mediante una orden ministerial.

El nuevo Reglamento también cambia el régimen de cascos homologados para los ciclomotores y motocicletas. El Reglamento UNECE 22 será el encargado de estipular los nuevos cascos homologados. En este caso, la entrada en vigor de la obligatoriedad de estos dispositivos de seguridad iniciará a partir del 1 de octubre, pero del año 2027.

¿Cómo afecta a los motoristas la nueva ley?

Los motoristas no deberán estar atentos únicamente a su indumentaria, sino a las nuevas modificaciones en la circulación. Las motos podrán utilizar el arcén en los atascos, pero bajo condiciones. El tramo deberá estar previamente habilitado y señalizado, la circulación deberá encontrarse detenida por el tráfico y las motocicletas podrán circular a un máximo de 30 km/h en fila de una.

También deberán portar un chaleco reflectante de alta visibilidad como equipamiento del vehículo. Los conductores de motos podrán utilizar intercomunicadores integrados en el casco. La nueva norma también modifica el reglamento de remolques en motos que se establece en el nuevo artículo 12.

El remolque no podrá superar el 50 % de la masa en vacío del vehículo tractor; la circulación deberá realizarse de día y con buena visibilidad; la velocidad deberá reducirse un 10 % respecto a las velocidades genéricas aplicables; no podrán transportarse personas en el vehículo remolcado.

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