La DGT lo hace oficial: esto es lo que va a pasar si pones cuernos de reno en tu coche
La Navidad ya está aquí y, como es habitual en estas fechas, los hogares de toda España se llenan de adornos y luces. Sin embargo, hay quienes deciden ir un paso más allá, y colocar todo tipo de decoraciones en sus coches; desde cuernos de reno en las ventanillas hasta narices rojas en la parrilla frontal, pasando por pequeños muñecos en el salpicadero. En este contexto, La Dirección General de Tráfico (DGT) recuerda que no todo vale a la hora de decorar un vehículo y que algunos de estos adornos pueden suponer multas de hasta 500 euros, además de problemas con el seguro en caso de accidente.
¿Está prohibido decorar el coche en Navidad? La respuesta corta es no, pero con muchos matices. El Reglamento General de Circulación (RGC) no prohíbe expresamente la decoración navideña, pero sí establece límites muy claros en cuanto a la seguridad vial, la visibilidad, la homologación y las condiciones técnicas del vehículo. Cuando un adorno vulnera alguna de estas normas, deja de ser un simple complemento estético y pasa a convertirse en una infracción.
Límites de la DGT a los adornos de Navidad en el vehículo
Uno de los principales aspectos que vigila la DGT es que el vehículo mantenga sus condiciones técnicas originales. Por lo tanto, está terminantemente prohibido instalar elementos no homologados que modifiquen las dimensiones exteriores del coche, la aerodinámica, la carrocería o la seguridad del propio vehículo o de terceros. En este apartado entran los famosos cuernos de reno que se colocan en las ventanillas, especialmente cuando sobresalen por encima del techo o el lateral. Aunque sean blandos o estén sujetos con ventosas, alteran las medidas originales del vehículo y se pueden desprender durante la marcha.
Lo mismo ocurre con las narices rojas en la parte frontal, colas decorativas en el maletero o cualquier otro elemento externo que no forme parte del diseño original del coche. Circular con este tipo de adornos no homologados puede considerarse una infracción grave, sancionada con 200 euros, que puede aumentar hasta los 500 euros si se considera que existe un riesgo añadido para la seguridad vial.
Riesgo de desprendimiento y visibilidad
Otro aspecto fundamental es el riesgo de que los adornos se desprendan mientras el vehículo está circulando. Un adorno mal sujeto puede salir despedido a cierta velocidad y convertirse en un verdadero peligro para otros conductores, peatones o ciclistas.
La normativa también es muy clara en cuanto a la visibilidad del conductor. El artículo 19.1 del Reglamento General de Circulación establece que «l conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía»
Esto implica que está prohibido colocar cualquier objeto que pueda reducir el campo de visión, distraer al conductor, o bstaculizar las lunas delanteras, laterales o traseras. Teniendo esto en cuenta, no está permitido colocar adornos navideños en el parabrisas, las ventanillas delanteras o traseras o la luna trasera.
Incluso los objetos colocados en el interior, como muñecos, peluches o pequeños árboles de Navidad, pueden ser sancionables si interfieren mínimamente en la visibilidad o se convierten en proyectiles peligrosos en caso de frenazo brusco o accidente.
Cuidado con tapar luces y matrícula
Otro error frecuente es colocar adornos que tapan parcial o totalmente las luces o la matrícula. Tanto las luces delanteras y traseras como la matrícula deben estar siempre completamente visibles, limpias y legibles. Cualquier elemento que dificulte su identificación puede suponer una sanción. Esto incluye guirnaldas, cintas decorativas o adornos colocados sobre el paragolpes, la parrilla frontal o el portón trasero.
Luces navideñas
Las luces LED decorativas se han vuelto muy populares como adornos navideños, pero su uso en vehículos está muy limitado. La normativa permite luces decorativas en el interior del habitáculo solo si no distraen al conductor, no alteran el campo de visión, no se reflejan en los cristales y no son visibles desde el exterior. Si las luces interiores pueden verse desde fuera, se consideran una modificación del alumbrado del vehículo y están prohibidas. En cuanto a las luces en el exterior, están totalmente prohibidas.
Para celebrar la Navidad sin sobresaltos, la DGT recomienda optar por adornos pequeños y discretos, colocarlos únicamente en el interior, asegurarse de que no interfieren en la visibilidad, evitar cualquier elemento exterior, no usar luces visibles desde fuera y comprobar que los objetos estén bien sujetos.
Decorar el coche durante las fiestas navideñas puede parecer un gesto inofensivo y divertido, pero hacerlo sin conocer la normativa puede salir caro, con sanciones de hasta 500 euros. La DGT recuerda que la seguridad vial está por encima de cualquier celebración y que los adornos que alteran el vehículo, distraen al conductor o suponen un riesgo pueden acarrear multas muy elevadas.
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