Adiós a los semáforos de siempre en España a partir del 1 de octubre: la DGT confirma el cambio que entra en vigor
En junio de 2026, el Ministerio del Interior, a través de la Dirección General de Tráfico (DGT), anunció una actualización del Reglamento General de Circulación que comenzará a aplicarse el próximo 1 de octubre, con el objetivo de reforzar la protección de los usuarios más vulnerables de la vía, entre ellos peatones y ciclistas. En este contexto, la actualización contempla numerosos cambios, entre ellos la modificación en el funcionamiento de los semáforos en entornos urbanos que regulan el paso de peatones.
Según la normativa actual, un semáforo con luz ámbar intermitente permite continuar la marcha, aunque obliga a extremar la precaución. En numerosos cruces con pasos de peatones, esta señal luminosa está coordinada con el verde destinado a los peatones y se utiliza para advertir a los conductores de que deben permitir el paso antes de continuar.
La DGT confirma estos cambios en los semáforos
El Real Decreto 518/2026 introduce cambios en el Reglamento General de Circulación y determina que, como regla general, la luz amarilla intermitente dirigida a los vehículos no podrá coincidir con el verde fijo de los peatones. Asimismo, la nueva normativa establece que el ámbar intermitente tendrá que estar precedido por una luz roja fija.
En la práctica, este cambio supondrá una gran diferencia para los conductores. En los cruces afectados ya no bastará con encontrarse un ámbar intermitente que permita continuar la marcha extremando la precaución mientras los peatones atraviesan la vía. Si estos disponen de paso, el vehículo tendrá que detenerse. El nuevo Reglamento entrará oficialmente en vigor el 1 de octubre de 2026.
📢 Se actualiza el Reglamento General de Circulación para mejorar la protección de los usuarios vulnerables de la vía.
🚶 Se pone el foco en las personas y los entornos urbanos.
📅 Entrará en vigor el próximo 1 de octubre.
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🎦 Lo más importante👇 pic.twitter.com/9OXLS8T7In— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) June 23, 2026
La norma no busca eliminar el ámbar intermitente de los semáforos, sino en evitar que aparezca de forma simultánea cuando el peatón tiene luz verde para cruzar. De esta manera, la prioridad queda mucho más definida y se reduce la posibilidad de que conductor y peatón interpreten que ambos tienen permitido avanzar al mismo tiempo.
Esta situación podía resultar especialmente problemática en giros, salidas de intersecciones o cruces con una visibilidad reducida. El conductor tenía la obligación de ceder el paso, aunque también podía seguir la marcha si consideraba que no existía peligro. En la práctica, esto obligaba a tomar una decisión en cuestión de segundos.
A partir del 1 de octubre de 2026, los ayuntamientos tendrán que adaptar los ciclos de los semáforos para evitar que ambas señales coincidan. En la práctica, numerosos cruces deberán adoptar una regulación más clara: cuando el peatón disponga de luz verde para cruzar, el vehículo no podrá recibir simultáneamente una señal que le permita continuar extremando la precaución. El incumplimiento de esta nueva fase roja tendrá las mismas consecuencias que saltarse un semáforo en rojo: una multa de 200 euros y la retirada de cuatro puntos del carné de conducir.
Actualización del Reglamento General de Circulación
Por otro lado, la DGT introduce una serie de cambios para los conductores de Vehículos de Movilidad Personal (VMP): fija en 15 años la edad mínima para conducir un VMP; deberán utilizar casco de protección obligatorio y chaleco reflectante de noche o en situaciones de escasa visibilidad, mientras que los profesionales que circulen en VMP deberán utilizarlo en todo momento, siendo ambas conductas una infracción grave con una sanción económica de 200 euros; estos vehículos deberán llevar siempre encendido el alumbrado; y, fuera de los núcleos urbanos, se puede permitir la circulación de los VMP por vías segregadas de vehículos a motor, tales como vías ciclistas o carriles bici.
Respecto a los motoristas, a partir del 1 de octubre, será obligatorio el uso de guantes de protección para los conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores en vías interurbanas, así como de calzado cerrado en todo tipo de vías. Ambas obligaciones constituyen una infracción grave y están sancionadas con una multa de 200 euros. Asimismo, estará permitida la circulación de motocicletas por el arcén derecho cuando exista congestión del tráfico, siempre que no superen los 30 kilómetros/hora y el tramo esté previamente señalizado. En relación a los cascos de protección de los usuarios de ciclomotores, deberán estar obligatoriamente homologados y no simplemente certificados. Finalmente, los riders que desarrollen su actividad profesional en motocicleta deberán llevar chaleco reflectante en todo momento, una conducta considerada infracción grave y sancionada con 200 euros.
«El real decreto aprobado este martes por el Consejo de Ministros entrará en vigor el día 1 de octubre de 2026, excepto los artículos referidos al alumbrado obligatorio para VMP y al casco homologado para usuarios de motocicletas que lo harán el 1 de octubre de 2027. Por su parte, el artículo relativo a la obligación de guantes de protección homologados se hará efectivo cuando entre en vigor la orden ministerial que regule sus especificaciones técnicas; mientras tanto, se utilizarán guantes de protección de las mismas características de los que se usan en la actualidad», aclara la DGT.
