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El BOE confirma el palo a los ciclistas: se acabó circular por los arcenes de la carretera y la DGT avala la norma

  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

El verano ha vuelto a teñirse de negro para los ciclistas que circulan por las carreteras españolas. Según datos de la Dirección General de Tráfico (DGT), 12 ciclistas han perdido la vida durante los meses de julio y agosto, el segundo peor dato registrado desde los años de la pandemia, con tres fallecidos más que en el mismo periodo de 2025, lo que supone un incremento del 33%.

«A más uso general, más riesgo global. Si queremos evitar que un aumento del número de ciclistas se traduzca en un aumento del número de víctimas, necesitamos mejorar el sistema en su conjunto: mejores infraestructuras, mayor cumplimiento de la normativa de tráfico y seguridad vial por parte de todos, uso del casco de ciclistas», comentaba Jesús Monclús, investigador y autor de varios estudios sobre la mortalidad ciclista con la Fundación Mapfre.

Nuevas normas para las bicicletas a partir del 1 de octubre

A partir del 1 de octubre de 2026, la nueva actualización del Reglamento General de Circulación de la DGT incorpora varias medidas destinadas a reforzar la seguridad de los ciclistas en las carreteras.

«El objetivo de la reforma es adaptar el reglamento al cambio de visión de la movilidad que se ha producido en los últimos veinte años, en los que se ha pasado de un enfoque centrado en la carretera y en el vehículo a otro que lo hace en las personas y los entornos urbanos.

Por ello, por primera vez la norma recoge una definición de «usuario vulnerable de la vía», aquel que, por razón del medio de desplazamiento que utiliza o por las características físicas del grupo de edad al que pertenece, tiene un mayor riesgo de sufrir lesiones en caso de accidente de tráfico o que éstas sean de mayor gravedad. El Reglamento General de Circulación incluye gracias a la reforma un nuevo Título VI que incluye normas de circulación específicas en zonas urbanas».

Se eliminan las excepciones relacionadas con el uso del casco, por lo que todos los ciclistas deberán llevarlo cuando circulen por vías interurbanas. Mientras, los ciclistas que desempeñen su actividad profesional utilizando este vehículo, como los riders, estarán obligados a llevar en todo momento casco de protección y chaleco reflectante; el incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones se considera una infracción grave y puede conllevar una multa de 200 euros.

Por otro lado, cuando un conductor adelante a un ciclista en una vía interurbana, deberá reducir la velocidad al menos 20 kilómetros por hora respecto al límite establecido en esa vía. Asimismo, en carreteras con más de un carril por sentido, el conductor que realice el adelantamiento tendrá que cambiar completamente de carril y mantener una distancia lateral mínima de 1,5 metros respecto al ciclista.

Finalmente, en vías urbanas:

Y las novedades no afectan únicamente a las bicicletas. Desde el 1 de octubre, los usuarios de vehículos de movilidad personal, como los patinetes eléctricos, los monociclos eléctricos o las plataformas de una sola plaza, deberán tener al menos 15 años y llevar casco. Por su parte, los motoristas estarán obligados a utilizar guantes cuando circulen por vías interurbanas y calzado cerrado en cualquier tipo de vía. Además, en caso de retenciones, los vehículos tendrán que apartarse hacia los lados para dejar un espacio central libre que permita el paso de la Policía y de los servicios de emergencia.

Infracciones y sanciones

Cuando las autoridades lo soliciten, los ciclistas están obligados a someterse a las pruebas de alcohol y drogas correspondientes. Si el resultado es positivo, la multa puede situarse entre los 500 y los 1.000 euros, dependiendo de las circunstancias y de la gravedad de la infracción cometida.

Por otro lado, tienen prohibido utilizar el teléfono móvil o los auriculares mientras circulan, ya que pueden provocar distracciones y disminuir la capacidad para percibir posibles peligros en la vía. Incumplir esta norma puede suponer una sanción económica de 200 euros.

Una de las cuestiones más habituales cuando se habla de seguridad sobre dos ruedas es el sistema de alumbrado, que debe permitir que el ciclista sea visible para los demás vehículos desde una distancia mínima de 150 metros. El equipamiento debe incluir una luz blanca en la parte delantera, una luz roja en la zona posterior y un catadióptrico trasero de color rojo que no tenga forma triangular.

Las luces deben estar homologadas conforme a la normativa europea, y circular sin ellas o utilizar dispositivos que no estén debidamente certificados puede conllevar una multa de hasta 200 euros. También es necesario utilizar prendas reflectantes cuando las circunstancias y la normativa así lo exijan. No llevarlas implica una sanción de 100 euros.