Adiós a las multas de la ITV: España podría sufrir el mayor cambio de su historia y no estamos preparados
Según la Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos (AECA-ITV), el 34% de los vehículos a los que les tocaba pasar la ITV en 2022 no lo hicieron. Circular con la ITV caducada se considera una infracción grave y, por ende, conlleva una multa de 200 euros. El peor de los escenarios se presenta al circular con la ITV negativa, una infracción muy grave cuya sanción asciende a 500 euros; además, el vehículo queda inmovilizado y sólo se puede llevar al taller en una grúa.
En este contexto, varios conductores se han encontrado una multa de 200 euros por dejar el coche aparcado en la vía pública y tener la ITV caducada. Una práctica habitual por parte de algunos ayuntamientos y cuerpos policiales que, sin embargo, acaba de recibir un serio revés judicial. La Justicia ha sido muy contundente al respecto: no se puede sancionar a un vehículo que no está en circulación por no haber pasado la ITV.
Las multas de la ITV podrían llegar a su fin
El origen del conflicto es aparentemente sencillo. El propietario dejó su vehículo aparcado en una calle de Oviedo. Al volver, se encontró una multa por tener la ITV caducada. Sin embargo, el coche no estaba en circulación ni suponía riesgo alguno para la seguridad vial, razón por la cual conductor decidió recurrir la sanción. Finalmente, el juzgado concluyó que sancionar un vehículo inmóvil «carece de cobertura legal», ya que el ilícito administrativo está vinculado a la circulación, no a la simple titularidad o estacionamiento.
Un portavoz del Colectivo 1M, Fran Suárez, ha confirmado que sancionar a vehículos estacionados vulnera el principio de tipicidad recogido en el artículo 25.1 de la Constitución Española: «Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento».
«Este fallo desautoriza un criterio municipal que derivaba en sanciones sin base legal a coches que no estaban en movimiento. Es ilegal multar por algo que no es sancionable y no tiene más sentido que la mera recaudación. A partir de aquí, el Colectivo 1M ha decidido realizar un llamamiento al Ayuntamiento de Oviedo y a la Policía Local para que cesen el uso indiscriminado y arbitrario de las sanciones de tráfico como método de recaudación. Una recaudación municipal efectiva debe basarse en impuestos progresivos, equitativos y justos. Las sanciones deben reservarse para situaciones excepcionales, cuando se hayan agotado otras vías menos punitivas», ha manifestado Fran Suárez.
Circular no es lo mismo que estar aparcado
La clave jurídica del asunto reside en la diferencia entre la obligación de pasar la ITV y la conducta sancionable. El Reglamento General de Circulación establece que «los vehículos matriculados o puestos en circulación deberán someterse a inspección técnica en una de las estaciones ITV autorizadas». Sin embargo, esta norma no describe una conducta infractora concreta.
Por su parte, la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial tipifica como infracción circular con la ITV caducada, no el simple hecho de no haberla pasado si el vehículo no está en circulación. Tal y como recoge la sentencia: «El ilícito a sancionar está constituido por el hecho de circular, no por el incumplimiento de someter el vehículo a la ITV de forma periódica».
Tras conocerse el fallo, el recurrente ha denunciado públicamente el criterio seguido por el Ayuntamiento de Oviedo y su Policía Local: «Este fallo desautoriza un criterio municipal que derivaba en sanciones sin base legal a coches que no estaban en movimiento. Es ilegal multar por algo que no es sancionable y no tiene más sentido que la mera recaudación».
A raíz de la sentencia, el Colectivo 1M ha hecho un llamamiento formal al Ayuntamiento de Oviedo y a la Policía Local para que cesen «el uso indiscriminado y arbitrario de las sanciones de tráfico como método de recaudación. Las sanciones deben reservarse para situaciones excepcionales, cuando se hayan agotado otras vías menos punitivas».
La nueva ITV europea
La ITV en Europa está a punto de vivir uno de los cambios más significativos de los últimos años. Actualmente, las revisiones se basan principalmente en comprobaciones visuales y mecánicas, junto con mediciones estáticas de gases y pruebas realizadas en condiciones de laboratorio. Sin embargo, estos métodos no siempre reflejan el comportamiento real de los vehículos en carretera.
Con la nueva normativa que está preparando la Unión Europea, las ITV incorporarán mediciones dinámicas de emisiones contaminantes, como óxidos de nitrógeno (NOx), monóxido de carbono (CO) y partículas ultrafinas.
Esta reforma se enmarca en el Reglamento Euro 7, que «establece normas para las emisiones de escape de los vehículos de carretera y para otros tipos de emisiones, como las provocadas por la abrasión de los neumáticos y las de partículas de los frenos. También introduce requisitos para la durabilidad de las baterías».
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