Madrid
Campaña de la Renta

Giro de 180º en la Renta de los madrileños: la deducción de 1.237 euros que Hacienda no quiere que sepas

Cada año ocurre lo mismo cuando llega la campaña de la Renta. Muchos contribuyentes entran en la web de la Agencia Tributaria, consultan el borrador que aparece preparado y lo confirman sin hacer nada más ya que consideran que es lo más cómodo y también lo más rápido. Sin embargo, hacer esto es todo un riesgo si tenemos en cuenta que es posible que se nos pasen por alto deducciones que pueden reducir de forma notable el resultado final de la declaración. Ese es precisamente el caso de la deducción de 1.237 euros que afecta de forma directa a la renta de los madrileños.

Una deducción que contempla la Comunidad de Madrid, y que tiene que ver el alquiler de la vivienda habitual, de modo que es algo importante si tenemos en cuenta que puede suponer un ahorro considerable para quienes cumplen las condiciones. No se trata de algo nuevo, pero lo cierto es que tal y como está el tema de la vivienda en Madrid, y los precios que tienen los alquileres, para muchos jóvenes y trabajadores que pagan su alquiler todos los meses, esta deducción puede convertirse en una ayuda relevante a la hora de hacer la declaración de la Renta este año.

La deducción por alquiler que puede rebajar la Renta de los madrileños

Quienes viven de alquiler en la Comunidad de Madrid tienen la posibilidad de aplicar una deducción en su declaración de la renta vinculada a la vivienda habitual. En concreto, se pueden descontar el 30 % de lo pagado por el alquiler a lo largo del año, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.

La rebaja tiene un límite máximo de 1.237 euros, de modo que el ahorro dependerá de cuánto se haya pagado por el arrendamiento durante el ejercicio. Para muchos inquilinos, sobre todo en una región donde el alquiler se ha encarecido bastante en los últimos años, esta deducción puede convertirse en un pequeño respiro cuando llega el momento de hacer la Renta, especialmente entre los más jóvenes.

El requisito de edad que marca la diferencia

Uno de los primeros aspectos que se revisan para poder aplicar la deducción es la edad del contribuyente, ya que tal y como se explica desde la Comunidad de Madrid, quienes quieran beneficiarse de esta rebaja fiscal deben ser menores de 40 años a 31 de diciembre de 2025.

Si ya conoces la deducción te habrás dado cuenta que el margen de edad se ha ampliado ya que hasta hace poco, sólo podían aplicarla los menores de 35 años, pero en 2024 se decidió elevar ese umbral para que más contribuyentes pudieran acogerse a la medida. Con ese cambio, el número de posibles beneficiarios aumentó de forma significativa.

Los límites de ingresos que establece la normativa

Además de la edad, la deducción también está vinculada al nivel de ingresos del contribuyente. La normativa fija una serie de límites para poder aplicarla en la declaración de la renta. Actualmente los topes establecidos son los siguientes:

Estos límites buscan que la deducción beneficie principalmente a contribuyentes con rentas medias o moderadas.

Además, existe otro requisito importante. El importe pagado por el alquiler de la vivienda habitual debe superar el 20 % de la base imponible del contribuyente, que se obtiene sumando la base imponible general y la del ahorro. En otras palabras, la normativa pretende que la deducción se aplique sobre todo a quienes destinan una parte relevante de sus ingresos al pago del alquiler.

La documentación que debemos tener

Para poder aplicar la deducción es importante conservar toda la documentación relacionada con el alquiler siendo principal, tener el contrato de arrendamiento y los justificantes de pago de las mensualidades ya que los dos son documentos que Hacienda puede solicitar en caso de comprobar la declaración.

También es necesario acreditar que el propietario ha depositado la fianza del contrato en la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, un trámite obligatorio para los arrendadores. Normalmente es el propio casero facilita una copia de ese documento al inquilino. Sin embargo, la normativa contempla una alternativa en caso de que el arrendador no proporcione esa información. El inquilino puede presentar una denuncia ante la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid para dejar constancia de que el depósito no se ha realizado o no se ha facilitado la documentación correspondiente. Adjuntando esa denuncia, el contribuyente puede seguir optando a la deducción en su declaración.

Ahora ya lo sabes. Cuando empiece la campaña de la Renta el próximo 8 de abril, debes hacer el borrador para comprobar el resultado de su declaración ya que este documento suele incluir la mayor parte de la información fiscal disponible, pero recuerda que no siempre incorpora automáticamente todas las deducciones autonómicas, de modo que si vives de alquiler en Madrid y cumplies los requisitos no puedes olvidar aplicar esta deducción que puede llegar a superar los 1.200 euros.