Sánchez obligará a los usuarios «relevantes» de redes sociales a rectificar lo que él considere bulos
Serán aquellos que tienen más de 100.000 seguidores en una plataforma
El Consejo de Ministros aprueba el anteproyecto de ley para regular el derecho de rectificación
El Gobierno enviará ante el juez a los españoles con más de 100.000 seguidores en redes sociales que difundan lo que considere noticias falsas o bulos. El nuevo anteproyecto de ley para regular el derecho de rectificación, aprobado este martes en el Consejo de Ministros, amplía este derecho, que ya no sólo afectará a los medios de comunicación, sino también a los «usuarios relevantes» en redes sociales. Una ofensiva del Gobierno contra los supuestos bulos que comenzó el pasado mes de abril, cuando Sánchez se fue a reflexionar cinco días bajo el pretexto del «acoso y derribo» al que estaba siendo sometido por los medios que publicaban informaciones veraces sobre Begoña Gómez, ahora imputada por cuatro delitos.
Este cambio normativo tiene una especial relevancia, dado que el férreo control que el Gobierno quiere ejercer sobre los medios de comunicación, se extiende ahora a ciudadanos particulares que expresan opiniones en sus cuentas de redes sociales. Así, se obligará a rectificar a los «usuarios de especial relevancia», es decir, aquellos que tienen más de 100.000 seguidores en una plataforma o más de 200.000 en el conjunto de todas ellas.
«Queremos promover una mayor calidad en el debate público», ha afirmado el ministro de Presidencia, Félix Bolaños, para justificar que se pueda llevar ante un juez a cualquier persona que tenga una elevada cifra de seguidores en redes sociales como Twitter, Facebook, Telegram o Instagram.
El anteproyecto de ley contiene siete artículos: el primer artículo habla del objeto y de los titulares del derecho a la rectificación, es decir, medios de comunicación, medios digitales y plataformas en línea o servicios equivalentes que difunden información. Además, se amplía a las personas legitimadas que pueden ejercer el derecho, de tal manera que personas cercanas a ciudadanos que hayan fallecido y que hayan sufrido noticias falsas o que las sufran después de su fallecimiento, podrán ejercerlo.
El artículo 2 de la ley se refiere a la comunicación que se enviará al medio de comunicación o a la plataforma y el artículo 3 habla de cómo ha de publicarse, en qué términos se ha de publicar. «Por supuesto íntegramente, en un plazo muy breve, muy rápido, de manera gratuita y con algunas medidas que son específicas de entornos digitales y otras que tienen que ver más con plataformas en línea o con medios de comunicación tradicionales», ha explicado Bolaños. Respecto a los últimos artículos de la ley, el ministro ha explicado que hablan del procedimiento judicial en caso de que no se satisfaga ese derecho a la rectificación.
Otras novedades
Entre las novedades más relevantes que tiene el anteproyecto destaca que se amplía el plazo para presentar la solicitud de rectificación de 7 a 10 días. «Hoy por hoy, la remisión del escrito de rectificación ha de ir dirigida necesariamente al director del medio de comunicación. Ese requisito, en la nueva ley, será potestativo», ha agregado.
El ministro ha detallado también que la norma suprime el requisito de la contestación por escrito de la demanda, de tal manera que los trámites del juicio verbal continuarán y podrá ser más rápida la sentencia judicial que reconozca el derecho a la rectificación. Además, en la nueva ley se establecen medidas para que se incluya un aviso de que la información inexacta o falsa ha sido rectificada y que se pueda enlazar con la rectificación íntegra. Por último, todos los medios de comunicación y los usuarios de especial relevancia «deberán tener un mecanismo fácil y accesible para facilitar el derecho a la rectificación».
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