España
Independentismo en Cataluña

La doctrina de la Junta Electoral avala la inhabilitación inmediata de Torra

La Junta Electoral debatirá el próximo viernes el escrito del PP en el que solicita la inhabilitación inmediata del presidente catalán, Quim Torra. Los 'populares' piden también que se impida a Oriol Junqueras ser eurodiputado

  • Luz Sela
  • Periodista política. En OKDIARIO desde 2016. Cubriendo la información del Congreso de los Diputados. Licenciada en Periodismo por la Universidad de Santiago de Compostela. Antes, en COPE, ABC Punto Radio y Libertad Digital.

Resoluciones de la Junta Electoral Central (JEC) avalarían la inhabilitación inmediata del presidente catalán, Quim Torra, condenado por desobediencia al negarse a retirar los lazos amarillos de edificios públicos.

El Partido Popular ha presentado un escrito ante este organismo -que se debatirá, en principio, el próximo viernes, 3 de enero- para pedir la inhabilitación automática del dirigente separatista. El martes, la Junta Electoral Provincial de Barcelona desestimó en cambio esa petición, destacando que la sentencia no era firme. 

El organismo central, sin embargo, sí avaló en anteriores ocasiones la inelegibilidad por condenas de este tipo, aunque dicha condena no fuese firme.

En un expediente fechado en febrero de 2016, la Junta resolvía sobre si «la pena de inhabilitación especial impuesta por sentencia, aunque no sea firme, por delitos de rebelión, terrorismo, contra la Administración Pública o contra las Instituciones del Estado implica causa de incompatiblidad absoluta para todos los cargos de la LOREG o a los empleos y cargos especificados en la sentencia».

El organismo concluyó que existía «inelegilibidad» en la medida en que «la sentencia, aunque no sea firme, haya impuesto la pena de inhabilitación especial o de suspensión para empleo o cargo público, cualesquiera que sean los empleos o cargos públicos a los que se refiera dicha pena».

En la resolución se destacaba además «la finalidad perseguida por el legislador», al considerar que «determinados delitos, por su naturaleza y gravedad», como el caso de la desobediencia, «afectan particularmente al ejercicio de los cargos electos, hasta el punto de que no sea necesaria la firmeza de la resolución judicial de condena para que produzca la consecuencia de su inelegibilidad».

Pese a esa argumentación, la Junta Electoral de Barcelona descartó esta semana la inhabilitación inmediata del presidente catalán, como habían solicitado PP, Ciudadanos y Vox, alegando que la sentencia de Torra no era firme. La resolución contó con un voto particular.

«Inelegible»

El dirigente separatista fue condenado por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) a un año y medio de inhabilitación para ejercer cargos públicos por desobediencia. La Ley Electoral considera «inelegibles» a los condenados por este delito, aunque la sentencia no sea definitiva.

La Junta provincial alegó, en cambio, el principio de «proporcionalidad» y consideró que la norma «restringe los derechos de representación política» pues, en su opinión, Torra mantiene aún «el principio de presunción de inocencia», en tanto la sentencia no sea firme. La resolución llega a decir que en el caso de Torra, por ser «presidente del Gobierno de una comunidad autónoma» se debe ser «especialmente respetuoso y favorable» al cumplimiento de los derechos políticos.

El PP presentó este viernes además otro escrito para pedir que el líder de ERC, Oriol Junqueras -condenado por el Tribunal Supremo por sedición y malversación- no pueda ser eurodiputado.

El líder del PP, Pablo Casado, recordó en este sentido que la Ley Orgánica del Régimen Electoral General establece que una «persona condenada» por sentencia firme no puede ejercer como parlamentario, tampoco en la Unión Europea. Entre otras razones, destacó, porque Junqueras está «inhabilitado».

Los ‘populares’ consideran en el caso de Torra que al presidente de la Generalitat hay que adjudicarle la inhabilitación por «incompatibilidad sobrevenida», figura que recoge la Ley y que la Junta Electoral Central ya ha puesto en práctica con alcaldes en acuerdos de años anteriores.

El PP señala en su escrito que el artículo 6.2 b de la Ley Electoral es «taxativo» cuando establece que no pueden ser elegibles «los condenados por sentencia, aunque no sea firme», por delitos, entre otros, contra la administración pública o contra las instituciones del Estado.

Si la Junta Electoral decide a favor de la tesis del PP, Torra dejaría su escaño en el Parlamento catalán y, por tanto, no podría ser ya presidente, pues el Estatuto impide que lo sea quien no ocupa un asiento de diputado autonómico.