La mitad de los okupas desde 2020 son de origen extranjero según el Ministerio de Interior
El Ministerio de Interior ha expuesto los datos del número de personas detenidas por la ocupación del hogar
La mitad de los okupas en España desde 2020 son inmigrantes
La estadística ofrecida por el Ministerio de Interior refleja que la mitad de los 36.842 detenidos desde el año 2020 por delitos vinculados con la ocupación de viviendas son ciudadanos extranjeros, así como una tendencia descendente tanto en las investigaciones como en las detenciones por denuncias de allanamiento y usurpación de inmuebles.
En 2020 el número de detenidos e investigados por este delito asciende a 10.034, de los cuales 5.359 eran extranjeros. En el año 2021, el número fue prácticamente el mismo. La suma de los arrestados o investigados alcanzó 10.030 personas, 4.969 extranjeras.
Un año más tarde, fueron detenidos o investigados un total de 9.721 personas, de las cuales, prácticamente la mitad, es decir 4.866, fueron extranjeros y los otros 4.855 de nacionalidad española.
En 2023, entre enero y septiembre, se registraron un total de 7.057 denuncias a okupas, entre las que se volvieron a repetir el mismo patrón: 3.544 de los que fueron denunciados o investigados o detenidos por este delito eran personas de origen extranjero.
Tras este meticuloso análisis, a falta de anotar los últimos tres meses del año 2023, se puede comprobar cómo a partir del año 2020, el número de detenidos por este delito se ha ido reduciendo a partir del año en que se dictaron instrucciones contra la okupación y también cómo en la mayoría de años, prácticamente la mitad de los protagonistas de estas acciones suelen ser origen extranjero.
Evolución desde 2020
Los datos ofrecidos por el Gobierno, con fecha del 12 de febrero, recuerdan las instrucciones de Fiscalía y del Ministerio del Interior para que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado actúen de «forma urgente y perentoria en caso de allanamiento de morada, desalojando las viviendas de inmediato, siempre que se tenga permiso del morador y éste haya presentado una denuncia».
«Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado también actúan en el caso de las usurpaciones de inmuebles, residenciales o no, pero que no son morada», continúa el Gobierno, que explica que en estos casos la intervención policial queda sujeta a una orden judicial de desalojo previa, «además de la intención manifiesta del propietario de recuperar su propiedad».
Esto es así en casos de usurpación, añaden, «salvo que puedan intervenir en el momento en el que se está cometiendo el delito y sea con violencia o intimidación, en cuyo caso las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado sí pueden desalojar los casos de usurpación en el momento».
El análisis que ofreció el Ministerio continúa ofreciendo el índice de delitos por usurpación en función de las Comunidades Autónomas. Este dato sitúa a Cataluña, en la cabeza del ranking que a porta el 40% del total, seguido de la Comunidad Valenciana y Andalucía y la Comunidad de Madrid.
El septiembre de 2020, después de un verano con noticias sobre ocupaciones de inmuebles que provocó que derivasen en un debate político, la Fiscalía General del Estado dictó una instrucción para agilizar las medidas cautelares y facilitar el desalojo cuando se incurra en un delito de allanamiento de morada, a lo que siguió otra instrucción de Interior para unificar criterios de actuación.
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