El juez procesa a Willy Toledo por insultar a Dios y a la Virgen María
El juez del juzgado número 11 de Madrid ha acabado la instrucción de la causa por la que se investiga al actor Willy Toledo por un posible delito contra los sentimientos religiosos y concluye que puede haber indicios de delito, por lo que pide a las partes que en un plazo de 10 días se pronuncien sobre si debe haber juicio oral.
Así consta en el auto de continuación de la causa que investiga los mensajes publicados por el actor en su perfil de la red social Facebook, entre ellos: «Yo me cago en dios y me sobra mierda pa cagarme en el dogma de la santísima trinidad y virginidad de la Virgen María. Este país es una vergüenza insoportable. Me puede el asco. Iros a la mierda. Viva el coño insumiso. Muy buenas y muy españolas tardes», publicado a las 17.07 horas del día 5 de julio de 2017.
En el otro mensaje, del 12 de octubre de 2015, afirmaba: «Me cago en el 12 de octubre, me cago en la fiesta nacional (yo me quedo en la cama igual, pues la música militar nunca me supo levantar). Me cago en la monarquía. Me y sus monarcas. Me cago en el «descubrimiento». Me defeco en los «conquistadores» codiciosos y asesinos. Me cago en la conquista genocida de América. Me cago en la Virgen del Pilar y me cago en todo lo que se menea. Nada que celebrar. Mucho que defecar. Boas noites».
En su auto, el juez argumenta que «de lo actuado se desprende que los hechos objeto de instrucción pudieran ser constitutivos de un delito contra los sentimientos religiosos», haciendo alusión al artículo 525 del Código Penal.
Según el magistrado «existen motivos suficientes para la incoación del Procedimiento Abreviado y el pase a la fase intermedia o de calificación, de forma indiciaria y provisional, como corresponde a este momento procesal y sin perjuicio de la valoración probatoria que pudiera efectuarse tras el juicio oral, si el procedimiento llegara al plenario». En este sentido, afirma que «los mensajes contienen frases potencialmente ofensivas para la religión católica y sus practicantes».
Descarta otros mensajes
El juez recuerda que, en las diligencias policiales constan otros dos mensajes publicados en el perfil de Facebook del actor, los pasados 14 de abril de 2017 y 6 de julio de 2017, pero «no considera que estos mensajes sean constitutivos de delito, por contener sendas críticas frente a determinadas manifestaciones religiosas (las procesiones de semana santa, en el primer mensaje; y los dogmas de la inmaculada concepción y la perpetua virginidad en el segundo)».
«Las manifestaciones de ambos mensajes podrán considerarse duras, acerbas, ásperas o groseras, pero al realizarse en el contexto de una crítica a una confesión religiosa, deben considerarse amparadas por su libertad de expresión y, por ello, excluidas del ámbito del tipo penal citado», detalla.
El magistrado diferencia estos mensajes de los publicados el 5 de julio de 2017 que «contienen, sin más, frases potencialmente ofensivas desprovistas de todo sentido crítico, por cuanto no se encuadran en comentario alguno relativo a la religión citada; por el contrario, el primer mensaje se refería a una decisión judicial relativa a otro posible delito contra los sentimientos religiosos imputado a terceras personas; y el segundo contiene simplemente una enumeración de exabruptos, uno de los cuales se refiere de nuevo a la citada religión».
Por todo ello, pide a las partes que en el plazo de diez días formulen escrito de acusación, solicitando la apertura del juicio oral en la forma prevista por la ley o bien el sobreseimiento de la causa, «sin perjuicio de que puedan excepcionalmente solicitar la práctica de las diligencias complementarias que consideren imprescindibles para formular la acusación».
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