La Fiscalía pide a la Policía que detalle los ataques de los narcos a las patrulleras para imputar piratería
Destaca los actos de violencia y acometimiento están al alza y no reciben una "respuesta punitiva suficiente"
La Fiscalía Antidroga ha pedido a la Policía que informe de forma detallada de los ataques de los narcos a las patrulleras de la Guardia Civil y Vigilancia Aduanera para imputar, además de tráfico de drogas, el delito de piratería, que se castiga con una pena de prisión de 10 a 15 años.
Antidroga destaca que los actos de violencia y acometimiento contra las embarcaciones policiales se han disparado en los últimos años y no reciben una «respuesta punitiva suficiente». Por ello, ha dictado una orden dirigida a la Policía Judicial sobre la necesidad de que se dé «constancia detallada» de estos ataques para la comisión de delitos de tráfico de drogas, para que se castiguen como merecen.
Y enfrentar así el reto que estas actividades violentas suponen «contra la seguridad de la navegación marítima y contra la vida y la integridad física de los afectados».
El artículo 616 del Código Penal dispone que «el que con violencia, intimidación o engaño, se apodere, dañe o destruya una aeronave, buque u otro tipo de embarcación o plataforma en el mar, o bien atente contra las personas, cargamento o bienes que se hallaren a bordo de las mismas, será castigado como reo del delito de piratería con la pena de prisión de diez a quince años».
El pasado 8 de mayo, dos guardias civiles fallecieron en Huelva mientras perseguían a unos narcos. Se produjo tras una maniobra hecha en la narcolancha que provocó que chocaran las embarcaciones de los agentes, produciendo el trágico final que dejó a España conmocionada.
Apenas una semana más tarde, los narcos embistieron a una patrullera de Vigilancia Aduanera durante una persecución en aguas de Almería. En esta ocasión, el suceso se saldó sin heridos. La patrullera sufrió daños en una de las ventanillas laterales, junto al puente de mando, quedando el cristal totalmente roto.
Además, los narcos tuvieron la osadía y la falta de respeto al principio de autoridad de rescatar a los detenidos antes de que se pudiera finalizar la operación con su apresamiento.
Fue en ese momento, en el que con las maniobras de las tres embarcaciones, se produjo la colisión, y escaparon todos los narcotraficantes, incluidos los detenidos, que todavía no habían podido ser engrilletados, ya que a los agentes no les dio tiempo de saltar a su embarcación y finalizar la detención.
Los narcotraficantes cada vez actúan con más violencia y usan incluso armas de guerra. Recientemente, también ha sido sonado que unos narcos ametrallaron un vehículo policial en Huelva con subfusiles de asalto cuando los guardias civiles trataban de impedir un alijo de droga.
También en aguas nacionales
La fiscal jefe Antidroga, Rosa Ana Morán Martínez, señala en su escrito que esta instrucción no se refiere sólo a los delitos cometidos en aguas internacionales, sino que es «necesario que se amplíe la aplicación de estas directrices a incidentes similares a los descritos que se produzcan en otras aguas marítimas aun cuando la competencia no corresponda a la Audiencia Nacional».
La Fiscalía indica que el hecho de que el artículo 616 del Código Penal figure dentro de los delitos contra la comunidad internacional, es una categoría del Código Penal español (título XXIV) que protege intereses fundamentales para todos los Estados como son el genocidio, piratería etc.», y recalca que «no debería ser un obstáculo ante la apertura de la definición concreta del tipo».
«En realidad, lo que convierte a un delito en delito contra la comunidad internacional no es el lugar en el que se comete, sino el bien jurídico protegido y la trascendencia de la conducta», remacha.
Por ello, Antidroga considera necesario «indicar través de esta instrucción que en todos los atestados, oficios, informes» que se le remitan en el ámbito de la Audiencia Nacional o en el territorial a través de los delegados de ésta sobre «actuaciones sospechosas de estar cometiendo un delito de tráfico de drogas en aguas internacionales y también en aguas sometidas a la soberanía española utilizando embarcaciones semirrígidas, veleros o cualquier otra embarcación, prohibida o no, se haga expresa y detallada constancia de cualquier acto de violencia, intimación, ataque o acometimiento directo o indirecto cometidos por los conductores y ocupantes de estas embarcaciones contra embarcaciones oficiales o contra las personas que las ocupan, especialmente cuando estos actos violentos se dirigen contra miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado o de Vigilancia Aduanera en su labor de impedir la comisión de delitos».
«La constatación en el atestado de todos los detalles de los actos cometidos, acompañados, cuando se disponga de ellos, de fotos, grabaciones cualquier otro medio de constancia, permitirá al fiscal poder conocer mejor los hechos ocurridos y valorar para la interposición de la correspondiente querella la existencia de indicios que permitan imputar a los querellados, junto a otros, un delito de piratería», concluye.
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