La Fiscalía dirá “no” a que Junqueras pueda acudir al Pleno de Investidura
La Fiscalía no favorecerá que Oriol Junqueras pueda acudir a ninguno de los Plenos del Parlamento catalán, incluido el decisivo Pleno de Investidura del que tiene salir el acuerdo de gobernabilidad de la Generalitat. El Ministerio Público considera un absurdo el argumento de que se puede ejercer el cargo de diputado o cualquier otro puesto público decisivo desde la prisión y, por lo tanto, rechazará la revisión de la prisión preventiva para poder acudir a las votaciones en el legislativo regional.
La decisión está ya tomada. Y es una decisión extensible tanto a Junqueras, como a Carles Puigdemont, fugado en Bruselas y que ha aludido ya a la posibilidad de tomar posesión como presidente por medio de videoconferencia. La Fiscalía considera igualmente que la asistencia a los Plenos tiene sentido si realmente se va a poder ejercer el cargo. Pero que, en caso de no poder desarrollarse las labores propias de ese cometido, no tiene sentido alterar una medida preventiva -la de la prisión provisional- que se encuentra perfectamente motivada y fundamentada desde el punto de vista jurídico porque no es cierto que alterase el derecho al sufragio pasivo.
El criterio será más que probablemente criticado por los sectores separatistas. Especialmente por la existencia de un posicionamiento previo en la historia judicial española que permitió acudir al Peno del Parlamento vasco al etarra Juan Carlos Yoldi. La Audiencia Territorial de Pamplona admitió la posibilidad de Yoldi, diputado electo de Herri Batasuna y preso preventivo durante las elecciones vascas de noviembre de 1986, acudiese al Pleno de investidura. Yoldi llevaba dos años cumpliendo prisión provisional como presunto autor de delitos de terrorismo, colaboración con ETA, depósito de armas, estragos y lesiones graves por los que el Ministerio Público le pedía 64 años de cárcel. Pero hay que recordar que ya en aquel momento el permiso se concedió en contra el criterio de la Fiscalía, que esgrimió «la gravedad de los hechos imputados y la extensión de las penas pedidas” como fundamentos suficientes para impedir la salida de prisión.
El Ministerio Público cuenta con ello y, pese a ese precedente, considera perfectamente defendible la conveniencia de que se mantenga sin cambios la prisión preventiva de Junqueras.
La decisión de la Fiscalía, además, incluye un segundo aspecto. Y es que, si no tiene sentido acudir a un Pleno estando en prisión, igualmente carece de justificación permitir acudir a ese mismo Pleno a quien, además de las acusaciones propias de Junqueras, se encuentra prófugo de la Justicia: Carles Puigdemont. Es decir, que la Fiscalía no sólo se ratifica en el criterio de que si Puigdemont pone un pie en España, automáticamente debe ir a prisión, sino que, además anticipa ya que tampoco estaría dispuesta a permitir que, tras su entrada, disfrutase de un permiso para acudir a la investidura u otro Pleno.
En la misma situación se encuentran, al menos por el momento, Jordi Sánchez y el ex consejero Forn, dentro del grupo de diputados electos y presos. Y otros cuatro más en el grupo de ex consejeros que acompañaron a Puigdemont en su fuga (Ponsatí, Comín, Puig y Serret). Y ello implica que, en caso de que todos recojan el acta de diputado se puede dar la situación de que los votos que eran suficientes en el Parlamento catalán para respaldar un Gobierno separatista de JxCAT y ERC, con apoyo de la CUP, deben de serlo y ya no sumen. Y, por lo tanto, los separatistas necesiten el apoyo -al menos por abstención- de la formación de Ada Colau. En estos momentos, JxCAT cuenta con 34 escaños, ERC con 32 y la CUP con 4. Es decir, 70 en total. Y la mayoría absoluta son 68 votos: la necearía para tener la investidura en primera vuelta. Por lo tanto, en caso de contar con diputados que no pueden acudir, tendrían que retratarse los Comunes-podemitas de Colau y dejar claro que sí apoyan una gobernabilidad separatista y golpista.
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