El canal antiacoso de la Policía exige una «denuncia firmada» y no permite investigar dos veces al agresor
La víctima del DAO acudió directamente a los tribunales para denunciarle por agresión sexual
El caso de la mujer que ha denunciado por agresión sexual al Director Adjunto Operativo (DAO) de la Policía -cargo de la máxima confianza de Fernando Grande-Marlaska- es revelador de la desconfianza que opera en el Cuerpo acerca de los protocolos internos.
La víctima decidió acudir directamente a los tribunales y no a la Policía. Su temor a que, de hacerlo, la denuncia no prosperase por ir contra un mando policial es un sentir compartido.
El órgano encargado de tramitar las denuncias es la llamada Asesoría Confidencial. Según el protocolo, «existe una en cada Jefatura Superior de Policía», así como en los organismos centrales, entre ellos, la Dirección Adjunta Operativa.
La normativa advierte que el procedimiento se iniciará «única y exclusivamente con la presentación por escrito de la denuncia firmada por la persona que se siente objeto de conductas discriminatorias».
La comunicación podrá presentarse de forma presencial o por medios telemáticos y será dirigida a la Asesoría Confidencial que corresponda.
Igualmente, resulta llamativo otro de los apartados: se indica que «tramitada la activación del protocolo, en el plazo de un año desde su resolución, no se podrá seguir otro procedimiento igual por los mismos hechos, o por otros similares, cometidos por la misma persona».
En ese caso, la víctima debe dirigirse a la Unidad de Régimen Disciplinario, sin perjuicio de que quepa hacerlo de oficio, y, en su caso, a formular denuncia ante las instancias competentes.
Una vez presentada la denuncia, la Asesoría Confidencial, en un plazo de 24 horas, lo pondrá en conocimiento de la persona que ejerza la jefatura de la plantilla, «salvo que ésta sea la persona denunciada por acoso».
«Una vez realizadas las oportunas comunicaciones, la Asesoría Confidencial se dirigirá a la persona denunciada para manifestarle la existencia de una denuncia sobre su conducta y las responsabilidades disciplinarias y penales en que, de ser ciertas y de reiterarse las conductas objeto de la denuncia podría incurrir, haciéndole saber que la activación de este protocolo no tiene carácter sancionador. Asimismo, será informada del resto de garantías que rigen este procedimiento, de la voluntariedad de su declaración y de su derecho a acceder a la copia del contenido de la denuncia y de todas las actuaciones realizadas».
La finalización del procedimiento se llevará a cabo a través de un acta de resolución, con varios supuestos: si existen «evidencias probadas», se remitirá todo lo actuado a la Unidad de Régimen Disciplinario, «al objeto de depurar la responsabilidad disciplinaria que proceda».
En el supuesto de no existir conductas de acoso sexual «pero sí otras conductas susceptibles de ser sancionadas, igualmente se remitirá todo lo actuado a la Unidad de Régimen Disciplinario». En caso de no apreciarse la existencia de una situación de acoso sexual, se procederá al archivo.
«Los protocolos no funcionan»
El abogado de la policía que ha denunciado al ya ex Director Adjunto Operativo por agresión sexual, Jorge Piedrafita, ha revelado que, tras esa denuncia, le han llegado testimonios de otras víctimas que han contactado con él y le han trasladado «situaciones terribles de acoso» e incluso también agresiones sexuales por parte de mandos policiales.
Ha afirmado que, en estos casos, las agentes sí habían denunciado los hechos a través del protocolo interno, pero que «no ha funcionado», y ha avanzado que acudirán a los tribunales.
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