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TRIBUNALES

El CGPJ lleva más de un año sin resolver sobre la juez de la DANA, pero sólo tarda horas en abrir la puerta a un posible expediente contra Peinado

Un año de silencio con la juez de la DANA frente a la diligencia exprés contra Peinado

  • Rafael Sánchez
  • Redactor de Nacional de OKDIARIO. Graduado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid. rafael.sanchez@okdiario.com

Más de un año para lo que compromete la instrucción de la DANA pero sólo horas para lo que afecta a la esposa del presidente del Gobierno. El reloj del CGPJ no corre igual para todos. El Consejo General del Poder Judicial mide los tiempos en función de quién esté en el punto de mira. Este lunes lo ha vuelto a demostrar. La Comisión Permanente acordó remitir al Promotor de la Acción Disciplinaria una copia del auto dictado el sábado por el juez Juan Carlos Peinado para que valore si sus expresiones sobre los policías que custodian a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, constituyen una falta grave de la Ley Orgánica del Poder Judicial. El acuerdo salió adelante por cuatro votos a favor y cuatro en contra, con el voto de calidad de la presidenta, Isabel Perelló, como factor determinante.

Y lo hizo a contrarreloj. La Comisión Permanente se reunió de forma extraordinaria y telemática el domingo desde las diez de la mañana y, tras aplazar el debate, resolvió este lunes a las nueve con el voto dirimente de Perelló. El detonante fue la queja del ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, contra las medidas cautelares impuestas por Peinado a la mujer de Pedro Sánchez: retirada de pasaporte, prohibición de salir del país y comparecencias quincenales. Entre el auto y la decisión del Consejo apenas mediaron dos días.

Esa diligencia exprés choca de frente con la parálisis que el mismo órgano mantiene en el caso de la juez de la DANA, Nuria Ruiz Tobarra. La defensa de la ex consellera de Emergencias Salomé Pradas elevó su primera queja ante el CGPJ el 14 de mayo de 2025. Más de 365 días después —y pese a las sucesivas ampliaciones y a las quejas presentadas por otras partes personadas— el Consejo sigue sin pronunciarse.

El bloqueo resulta aún más llamativo por la gravedad del asunto. Dos víctimas de la DANA y el abogado Rubén Gisbert han confirmado al propio Consejo, a requerimiento de este, la injerencia del marido de la magistrada, el juez Jorge Martínez Ribera, en las comparecencias de los afectados. Una intromisión que choca frontalmente con el artículo 9 de la LOPJ —derecho de todos los españoles al juez predeterminado por la ley— y que el artículo 417 contempla como falta muy grave para ambos magistrados.

Y, a diferencia del caso Peinado, aquí una eventual sanción sí tendría consecuencias sobre el procedimiento. El auto de Peinado es plenamente recurrible por la vía ordinaria ante la Audiencia Provincial. En cambio, si el CGPJ apreciara la irregularidad del matrimonio de magistrados, podría declararse nula la diligencia contaminada por la intervención del marido y todo lo que de ella se deriva. El problema para la instructora es que se apoyó expresamente en esa testifical viciada para imputar a Salomé Pradas, de modo que una sanción del Consejo podría arrastrar la nulidad de buena parte de la causa.