López Madrid se libra por «cuestiones técnicas» de sentarse en el banquillo por cohecho en el ‘caso Pinto’
Ni absolución ni archivo. La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha desestimado la causa contra el empresario Javier López Madrid, el comisario jubilado José Manuel Villarejo y su socio Rafael Redondo por el presunto encargo que el primero realizó al policía para que acosara a la doctora María Elisa Pinto debido a un conflicto personal.
El tribunal considera que la doctora Pinto no está legitimada para ejercer la acusación particular en un delito de cohecho, ya que este tipo penal protege el correcto funcionamiento de la Administración Pública y no intereses particulares. Al no existir acusación pública -pues la Fiscalía pidió el sobreseimiento- ni acusación popular -el partido Podemos se retiró del caso-, el tribunal ordena el archivo de las actuaciones.
La resolución no afecta al otro procedimiento que se sigue en el Juzgado de lo Penal número 10 de Madrid, donde Pinto sí ejerce como acusación particular contra López Madrid y Villarejo por presuntos delitos de acoso, amenazas y lesiones. El tribunal señala que es en esta otra causa donde la doctora podrá defender sus intereses legítimos como perjudicada.
Esta decisión llega después de que, el pasado mes de noviembre, la Audiencia Nacional acordase suspender el juicio que iba a arrancar contra los tres acusados. Lo hizo, en concreto, por enfermedad de la letrada de la doctora Pinto, anunciando el tribunal que resolvería «las cuestiones previas de modo anticipado a la celebración del nuevo juicio».
Ya entonces, fuentes de la defensa de López Madrid apuntaron que, de cara a las cuestiones previas, sostendrían que la acusación particular, única que acusa en este procedimiento, no era suficiente para llevar a alguien a juicio cuando se trata de delitos de «interés difuso», toda vez que en el supuesto de que hubiese existido ese cohecho no se lesionaba interés particular alguno, sino, en todo caso, el general de la Administración de Justicia.
El resultado no es técnicamente un archivo del caso, sino que la Audiencia considera que el juicio no se puede celebrar porque la única acusación (Pinto) no está legitimada para ejercer como acusación particular en un delito de cohecho.
El juicio por acoso sigue adelante, pero se retrasa hasta febrero de 2026 porque el abogado de la defensa alegó tener «ansiedad». Este retraso significa que el hijo de la doctora Pinto, que tenía 10 años cuando ocurrieron los hechos y fue testigo de una agresión con arma blanca, tendrá que declarar con 22 años.
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