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La Seguridad Social en problemas: adiós a la penalización por las pensiones y va a tener que pagarte más

  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

La Seguridad Social ha dado marcha atrás en los recortes a las pensiones máximas por jubilación anticipada que estaban en vigor desde el 1 de enero de 2026. La decisión supone mantener el periodo transitorio de penalizaciones pactado en la reforma de 2021 y evita que miles de trabajadores con bases de cotización elevadas sufran reducciones mucho más altas de las previstas inicialmente.

La Ley de 2021 estableció que esos recortes iban a ir aumentando poco a poco hasta 2033, no de golpe. Sin embargo, desde enero de 2026, empezó a aplicarse directamente el recorte previsto para 2033 (el más alto), en lugar del que correspondía a 2026. Con el recorte más alto (como si ya estuviéramos en 2033), la pensión podía bajar hasta 705 euros al mes. Mientras, con el recorte correcto para 2026, el recorte máximo debería ser de unos 305 euros al mes. Es decir, había una diferencia de unos 400 euros mensuales. Ahora la Seguridad Social ha rectificado y volverá a aplicar el recorte progresivo que corresponde a 2026, no el definitivo de 2033.

La rectificación de la Seguridad Social sobre las pensiones máximas

Según el Real Decreto 39/2026 publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la pensión máxima en 2026 asciende a 3.359,60 euros mensuales, equivalentes a 47.034,40 euros anuales.

La reforma de pensiones aprobada en 2021 modificó la aplicación de los coeficientes reductores aplicables a la jubilación anticipada voluntaria. Hasta entonces, si tras aplicar la penalización sobre la base reguladora el resultado seguía superando el tope, la pensión final apenas variaba. Con la reforma, los coeficientes pasaron a aplicarse directamente sobre la cuantía de la pensión reconocida, respetando el máximo.

Los nuevos coeficientes, aplicados según los meses de adelanto y el tramo de años cotizados, pueden llegar hasta el 21% cuando el trabajador se jubila 24 meses antes de la edad ordinaria y no tiene 38 años y seis meses cotizados Además, se estableció un umbral mínimo de penalización del 2%.

Para evitar un salto brusco en las cuantías, la norma diseñó un periodo transitorio de 10 años. Durante ese tiempo, los porcentajes más altos debían introducirse de manera progresiva. Así, en lugar de aplicar directamente el 21%, el recorte sería menor en los primeros años y aumentaría gradualmente hasta 2033.

Sin embargo, a finales de 2025 y comienzos de 2026, la Seguridad Social dejó de aplicar ese régimen transitorio en los casos de pensión máxima. El efecto fue inmediato: personas que esperaban una reducción del entorno del 9% en 2026 se encontraron con recortes cercanos al 21% en los supuestos más desfavorables. El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, dirigido por Elma Saiz, finalmente ha rectificado. La Seguridad Social dejará sin efecto la eliminación del periodo transitorio y volverá a aplicar los coeficientes graduales correspondientes a 2026.

Queda pendiente, sin embargo, cómo se articulará jurídicamente el regreso al régimen transitorio y qué ocurrirá con los expedientes que se resolvieron entre enero y febrero de 2026 bajo el criterio más restrictivo.

Coeficientes reductores en 2026

Desde el 1 de enero de 2026, quienes quieran jubilarse con el 100% de la pensión deben tener 66 años y 10 meses si han cotizado menos de 38 años y 3 meses. Si superan ese periodo de cotización, pueden jubilarse a los 65 años con la pensión íntegra. El periodo mínimo para acceder a una pensión contributiva se mantiene en 15 años, dos de ellos dentro de los últimos 15 anteriores a la jubilación.

La jubilación anticipada voluntaria se puede solicitar hasta 24 meses antes de la edad legal, con al menos 35 años cotizados. En 2026, la edad mínima es de 64 años y 10 meses si no se alcanzan los 38 años y 3 meses cotizados, o 63 años en carreras más largas. En la jubilación anticipada forzosa el adelanto puede llegar a 48 meses, con recortes de hasta el 30%.

Cuando la jubilación voluntaria se adelanta 24 meses, el recorte puede alcanzar el 21,00 % para quienes han cotizado menos de 38 años y 6 meses. Si el trabajador acredita menos de 41 años y 6 meses, el coeficiente baja al 19,00 %, mientras que con menos de 44 años y 6 meses se sitúa en el 17,00 %. Para quienes superan los 44 años y 6 meses cotizados, la reducción es del 13,00 %. A medida que disminuyen los meses de anticipo, también lo hacen los porcentajes. Por ejemplo, con 20 meses de adelanto, las penalizaciones oscilan entre el 11,00 % y el 9,20 % según la carrera de cotización. Cuando el anticipo es de un año, es decir, 12 meses, el recorte se mueve entre el 5,50 % y el 4,75 %. Si la jubilación solo se adelanta un mes, la reducción final queda entre el 3,26 % y el 2,81 %.

A lo largo de 2025, el sistema público registró 375.324 nuevas altas en pensiones de jubilación, de las cuales el 28% fueron jubilaciones anticipadas. El artículo 208 de la Ley General de la Seguridad Social establece que «El acceso a la jubilación anticipada por voluntad del interesado exigirá tener cumplida una edad que sea inferior en dos años, como máximo, a la edad que en cada caso resulte de aplicación y acreditar un período mínimo de cotización efectiva de treinta y cinco años, sin que, a tales efectos, se tenga en cuenta la parte proporcional por pagas extraordinarias».