Los jueces avisan: el colapso de los tribunales por los ERTE del Gobierno provocará la quiebra de empresas
Los magistrados consideran que las demandas de los empresarios contra el rechazo administrativo de sus solicitudes "no se verán, como mínimo, hasta mayo de 2021", lo que obligará a muchos empresarios a declararse en concurso de acreedores.
El Gobierno prohíbe despedir en España y amenaza a los empresarios con inspecciones en plena crisis
Los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTES) del Gobierno serán la «estocada final» para el maltrecho mercado laboral, una vez superada la crisis sanitaria del coronavirus. Los jueces advierten: darán la razón a los empresarios en sus demandas contra las resoluciones «estereotipadas y sin ninguna motivación» con las que la Administración laboral está rechazando sus peticiones para acogerse a la medida extraordinaria decretada por el Ejecutivo de Sánchez.
Los primeros recursos no se verán, como mínimo, «hasta mayo de 2021», apuntan los magistrados. Para entonces muchos pequeños empresarios quedarán obligados a «declararse en concurso de acreedores» y abocados a la quiebra, porque «la inactividad y el colapso en los juzgados de lo Social harán imposible su supervivencia», añaden.
La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, anunció el pasado viernes en rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros la prohibición de despedir en España mientras se prolongue el estado de alarma, pese a que concurran causas de fuerza mayor, y amenazó con duras inspecciones a toda la documentación que los empresarios ya están presentando para acogerse a los ERTE impuestos por el Gobierno.
Sin embargo, fuentes judiciales confirman a OKDIARIO que la respuesta denegatoria de las autoridades laborales autonómicas competentes no cumple ni con los plazos previstos -«se dictan después del máximo legal de 5 días»- ni con las exigencias de justificar dicho rechazo. «Muchas de las resoluciones que niegan al empresario el ERTE solicitado, dicen no constatar la existencia de fuerza mayor. Pero son documentos tipo, sin argumentar y dictados pasado el plazo establecido», aseguran varios magistrados.
El empresario puede recurrir entonces a los tribunales para hacer valer su posición, pero durante el tiempo en el que se prolongue la tramitación de la vía judicial no tiene la obligación de readmitir a los trabajadores incluidos en el ERTE inicialmente rechazado por la Administración. Tan sólo debe informar de que su deseo es reincorporarles en plantilla pero que no podrá hacerlo mientras no se reanude la actividad normal. Los trabajadores, por tanto, no cobrarán ni prestación por desempleo ni percibirán su salario habitual.
«Y el empresario terminará declarándose en Concurso pues la inactividad y el colapso en los Juzgados de lo Social» que dilatará la decisión sobre el recurso de su tramitación «le harán imposible su existencia», alertan los expertos consultados por OKDIARIO.
Pese a que la ministra de trabajo, Yolanda Díaz, afirmó que se iban a revisar uno a uno todos los expedientes de regulación de empleo y que las empresas que no hubiesen cumplimentado correctamente la documentación para solicitarlos tendrían que «devolver hasta el último céntimo de euro, incluida la prestación del trabajador», son las autoridades laborales de las comunidades autónomas las que incumplen las directrices de Díaz. Una situación que está provocando el registro masivo de demandas ante los juzgados de lo social y que, tras la crisis, llevarán al «colapso» a los ya de por sí sobrecargados tribunales, alertan los magistrados. «Los ERTES del Gobierno sentenciarán a pena de muerte al mercado laboral», concluyen.
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