Economía
Pensión de orfandad

Giro en la pensión de orfandad: el INSS confirma que los mayores de 52 años ya la pueden pedir

La pensión de orfandad es una de las prestaciones gestionadas por la Seguridad Social que tradicionalmente se ha asociado a personas jóvenes. Sin embargo, una excepción en la normativa permite que también puedan acceder a ella quienes han superado los 52 años, lo que supone un cambio significativo en el sistema de prestaciones. Esta posibilidad, aunque poco conocida, puede representar un alivio económico para quienes han quedado desprotegidos tras el fallecimiento de sus progenitores y no cuentan con otra fuente de ingresos.

Este giro en la interpretación de la ley se debe a casos judiciales que han sentado precedente, así como a una aplicación más flexible de los requisitos por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). La clave está en las condiciones que se deben cumplir para acceder a esta pensión una vez superada la edad habitual de concesión, entre las que destacan la incapacidad laboral permanente y la dependencia económica del fallecido. Aunque la pensión de orfandad se otorga, por norma general, hasta los 25 años, el reconocimiento para mayores de 52 se ha convertido en un tema de interés público. En muchos casos, los solicitantes son personas que han pasado a depender completamente de sus progenitores y que, tras su fallecimiento, se encuentran sin recursos para subsistir. A continuación, explicamos en detalle los requisitos que deben cumplir los mayores de 52 años para acceder a esta ayuda y cómo se calcula su cuantía.

Giro en la pensión de orfandad para los mayores de 52 años

Para poder solicitar la pensión de orfandad a partir de los 52 años, es imprescindible cumplir una serie de condiciones establecidas por la Seguridad Social. Estas incluyen situaciones que evidencien la dependencia económica del solicitante respecto a su progenitor fallecido, así como la imposibilidad de acceder a otro tipo de pensión.

Uno de los requisitos fundamentales es que la persona haya sido declarada con una incapacidad permanente absoluta o gran invalidez antes del fallecimiento del progenitor. Esto significa que, desde antes del fallecimiento, el solicitante no podía desempeñar ningún tipo de actividad laboral remunerada. En estos casos, la pensión de orfandad se concede sin límite de edad, ya que la persona afectada no tiene medios para generar ingresos por sí misma.

Otro de los requisitos que se está considerando en algunas resoluciones judiciales es la dependencia económica del huérfano respecto al progenitor fallecido. Esto suele demostrarse a través de informes médicos y de seguridad social que acrediten la situación de vulnerabilidad del solicitante.

El papel de las resoluciones judiciales en la concesión de la pensión

Recientemente, sentencias judiciales han dado la razón a personas que han solicitado la pensión de orfandad tras haber superado ampliamente el límite de edad habitual. Un ejemplo es el caso de un hombre de 61 años que obtuvo esta prestación al acreditar que su incapacidad permanente absoluta había sido reconocida antes del fallecimiento de su progenitor.

Este tipo de resoluciones han llevado a que el INSS flexibilice su criterio en determinados casos, permitiendo que personas mayores de 52 años puedan beneficiarse de esta prestación. Se trata de un reconocimiento de que hay situaciones en las que el límite de edad no puede ser un obstáculo si se demuestra que la persona dependía económicamente del progenitor fallecido y no tiene posibilidad de generar ingresos propios.

Cuánto se cobra de pensión de orfandad

La cuantía de la pensión de orfandad se calcula en función de la base reguladora del progenitor fallecido. Generalmente, esta pensión equivale al 20% de la base reguladora, aunque puede haber incrementos en ciertos casos.

En situaciones de orfandad absoluta, cuando el beneficiario ha perdido a ambos progenitores y no se ha generado una pensión de viudedad, la cuantía puede elevarse hasta el 52% de la base reguladora. Además, si la persona beneficiaria tiene una discapacidad superior al 65%, puede percibir una cantidad mayor.

Para el año 2025, las cuantías mínimas establecidas para la pensión de orfandad son:

En ciertos casos, el INSS puede conceder un complemento para aquellos que no tienen derecho a ninguna otra pensión y cuyos ingresos sean inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), fijado actualmente en 1.134 euros al mes.

Cómo solicitar la pensión de orfandad para mayores de 52 años

El proceso para solicitar la pensión de orfandad sigue el mismo procedimiento que para el resto de beneficiarios, aunque es fundamental aportar la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos especiales.

La solicitud debe presentarse ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social, acompañada de:

El reconocimiento de la pensión de orfandad para mayores de 52 años representa un avance en la protección social de personas en situación de vulnerabilidad. Aunque no se trata de una novedad legislativa, la interpretación flexible del INSS y las recientes resoluciones judiciales han permitido que esta prestación llegue a quienes, por su incapacidad o dependencia económica, se encuentran sin otra fuente de ingresos tras el fallecimiento de sus progenitores.