Las gasolineras bajan de 1.400 a 900 millones el gasto que calcula Hacienda para abaratar carburantes
El Real Decreto-ley que ha aprobado este martes el Consejo de Ministros para hacer frente a la crisis derivada de la guerra de Ucrania incluye la bonificación «extraordinaria y temporal» de 20 céntimos por litro del precio de venta al público de determinados productos energéticos, lo que tendrá un coste presupuestario de 1.423 millones de euros y se extenderá entre el 1 de abril y el 30 de junio de este año. No obstante, las gasolineras lo cifran en 900 millones, tal y como han confirmado fuentes del sector a este diario.
En concretos, fuentes del sector aseguran que teniendo en cuenta que las gasolineras venden entre 1,5 y 1 millones de litros y que España cuenta con cerca de 11.500 estaciones de servicio, el dinero que desembolsará el Estado en subvenciones de 0,15 cada litro -a lo que hay que sumar 0,5 que pagarán las petroleras de su bolsillo- para hacer frente a los altos precios de los combustibles se sitúa en 900 millones, lejos de los cálculos de los técnicos de Hacienda.
La norma también marca los usos que darán derecho a estas bonificaciones: uso como carburante en motores de vehículos terrestres, uso como carburante en embarcaciones y uso como carburante en motores estacionarios y todo tipo de maquinaria.
El colaborador deberá hacer constar en todos los documentos que expida con ocasión del suministro al menos una de las siguientes informaciones: el importe de la operación, distinguiendo el precio antes de aplicar el descuento y después de aplicar la bonificación, así como el importe de la bonificación aplicada; o la referencia expresa a la aplicación de la bonificación recogida en el Real Decreto-ley. Una norma que, según las citadas fuentes, podría suponer un desembolso importante de dinero para realizar cambios en el sistema informático a lo que hay que sumar él anticipó de dinero.
Una situación que amenaza la viabilidad de miles de negocios, ya tocados por la crisis energética derivada de la guerra en Ucrania hasta provocar el cierre definitivo de estaciones de servicios. Esto se debe a que muchas ya están vendiendo sin apenas márgenes de beneficio e incluso a pérdidas.
Figura del ‘colaborador’
El Real Decreto-ley define asimismo la figura del ‘colaborador’ en la gestión de esta bonificación. Así, se califican como ‘colaboradores’ aquellos que ostenten la titularidad de los derechos de explotación de las instalaciones de suministro de combustibles y carburantes al por menor, así como las empresas que realicen las ventas directas a los consumidores finales de los productos objeto de bonificación.
Posteriormente, los colaboradores podrán solicitar la devolución de las bonificaciones efectuadas. Para hacerlo, deberán presentar mensualmente, en los primeros quince días naturales de mayo, junio y julio, a través de la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) o de la administración foral que corresponda, una solicitud de devolución de las bonificaciones efectuadas en el mes anterior, por el importe que resulte de aplicar el descuento al volumen de litros o kilogramos que se haya suministrado a los consumidores finales en el periodo de referencia, en cada ámbito territorial.
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