La Fiscalía de Málaga archiva las diligencias de investigación sobre Braulio Medel
La Fiscalía de Málaga ha archivado las diligencias de investigación iniciadas sobre el que fuera presidente de Unicaja, Braulio Medel, a raíz de las dos denuncias presentadas, relacionadas con varios delitos, como administración desleal o apropiación indebida.
Estas actuaciones de la Fiscalía comenzaron a raíz de unir las denuncias del sindicato Confederación Intersindical de Crédito (CIC) y de Pedro Moreno Brenes, que tenían aspectos en común y en las que se instaba a investigar pagos efectuados en su día por Unicaja a Ausbanc -asunto que ya fue juzgado en la Audiencia Nacional-; así como cobros por parte de Medel por participación en consejos de administración de otras entidades que se consideraban irregulares.
Tras analizar la sentencia de la Audiencia Nacional por el caso Ausbanc y la documentación solicitada a la Consejería de Economía sobre inspecciones del Banco de España y a la Policía Nacional relativa a pagos y transferencias de la entidad a otras empresas, la Fiscalía concluye en un decreto, que se debe archivar todas las denuncias presentadas.
En primer lugar, sobre el caso Ausbanc, el fiscal acuerda el archivo provisional. Se indica que los pagos a dicha entidad, que sumarían un total de un millón de euros, están en los hechos probados de la sentencia, que no es firme; pero el fiscal indica que hay que ponerlos en relación con las explicaciones que da la Sala de la Audiencia Nacional en dicha resolución, «descartando la posibilidad de su reproche penal».
Al respecto, la resolución estima que dichos pagos «son la consecuencia de la extorsión» del responsable de Ausbanc, Luis Pineda, sobre los directivos de Unicaja «mediante el uso torticero de otra causa penal», en concreto el caso ERE, en el que Medel estaba investigado en ese momento, apuntando que finalmente Pineda pidió su desimputación en ese procedimiento.
La sentencia considera que «los directivos de Unicaja se avinieron a efectuar los pagos requeridos ante el temor del daño reputacional que podría sufrir la referida entidad en un momento en el que se hallaba en procesos de fusión con otras entidades y salida a bolsa, con una indudable trascendencia económica y social».
La Fiscalía recuerda en su decreto lo que explica la sentencia sobre la extorsión y la intimidación relacionado con las entidades bancarias, apuntando que en dicha sentencia Unicaja aparece «como víctima del delito de extorsión, debiendo ser indemnizada como perjudicada por los condenados». «Y con esa misma base es por lo que en dicha causa no se efectúa reproche penal» ni a Medel ni al que fuera secretario general de Unicaja, Ángel Fernández Noriega.
Esta sentencia ha sido recurrida por los condenados, por lo que «la prudencia impone descartar el inicio de una nueva investigación sobre los hechos relacionados con Medel y Fernández Noriega, objeto de estas diligencias, procediendo a su archivo provisional hasta tanto el Tribunal Supremo no resuelva las impugnaciones efectuadas contra la misma», señala el decreto del ministerio público.
Al respecto, señala que si se confirmara la condena por el delito de extorsión en este apartado «no se podría perseguir penalmente a los ahora denunciados so pena de lesionar el principio de ‘non bis in idem’ en su vertiente procesal que impide un doble proceso penal con el mismo objeto».
Por otro lado, en lo relativo a sobresueldos de Medel por pertenecer a consejos de administración en otras entidades mientras era presidente de Unicaja, la Fiscalía indica que por la información recabada a la Consejería de Hacienda «no consta haberse incoado expediente sancionador por dicho motivo».
Al contrario, dice el decreto fiscal, consta un informe del servicios de inspección de 2017 que señala que «no resulta acreditada ilegalidad alguna tanto en lo concerniente a la pertenencia de Medel a diversos consejos, al no superar el límite máximo establecido. También se archiva la parte de la denuncia de CIC relativa a la supuesta incompatibilidad en el desempeño simultáneo de cargos en varios consejos, al «carecer de relevancia penal».
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