Entra en vigor la ley de Yolanda Díaz que obliga a contratar a los riders
La ‘ley rider’ de Yolanda Díaz arranca con sólo el 20% de los repartidores contratados por su empresa
17.000 riders a la calle: la ley de Yolanda Díaz y las decisiones de las plataformas tumban al sector
La llamada ‘ley de riders’, que obliga a las plataformas digitales de reparto a contratar como asalariados a sus repartidores, entra en vigor este jueves, 12 de agosto. Esta ley se publicó el pasado 12 de mayo en el Boletín Oficial del Estado (BOE), estableciéndose su entrada en vigor a los tres meses, es decir, el 12 de agosto.
La norma es fruto del acuerdo que alcanzaron el pasado mes de marzo el Ministerio de Trabajo y Economía Social, CCOO y UGT y las organizaciones empresariales CEOE y Cepyme y afecta a las relaciones laborales entre las plataformas dedicadas al reparto o distribución de cualquier producto o mercancía y sus trabajadores, es decir, que no afecta sólo a las empresas de reparto de comida a domicilio como Glovo, Uber Eats y Deliveroo.
La ley reconoce la presunción de laboralidad de los trabajadores que prestan servicios retribuidos de reparto a través de empresas que gestionan esta labor mediante una plataforma digital, en línea con la sentencia que dictó el Tribunal Supremo en septiembre de 2020, en la que establecía que los repartidores son trabajadores por cuenta ajena y no autónomos.
Asimismo, la norma contempla que la representación legal de los trabajadores deberá ser informada de las reglas que encierran los algoritmos y los sistemas de inteligencia artificial que pueden incidir en las condiciones laborales por las que se rigen las plataformas, incluyendo el acceso y mantenimiento del empleo y la elaboración de perfiles.
En concreto, se recoge en el Estatuto de los Trabajadores que todas las empresas (no sólo las plataformas de reparto) deben informar de los parámetros, reglas e instrucciones en los que se basan los algoritmos o sistemas de inteligencia artificial que afectan a la toma de decisiones que pueden incidir en las condiciones de trabajo, el acceso y el mantenimiento del empleo, incluida la elaboración de perfiles.
La norma ha sido muy criticada por asociaciones de repartidores. Así, la Asociación de Plataformas de Servicios bajo demanda (APS), que engloba a las principales plataformas de ‘food delivery’ en España, Deliveroo, Stuart, Glovo y Uber Eats, advirtió en su día de que esta ley pone en riesgo el desarrollo de un sector que aporta más de 700 millones de euros al PIB español.
Deliveroo planea cesar su actividad en España
A finales del mes de julio, a pocos días de la entrada en vigor de la ley, la plataforma de reparto de comida a domicilio Deliveroo anunció que planea el cese de sus operaciones en España. En concreto, la plataforma comunicó su intención de realizar una consulta entre sus empleados sobre el fin de su actividad en el mercado español.
La consulta de Deliveroo sobre el cese de sus operaciones en España estará condicionada al resultado de un proceso consultivo con los empleados afectados y con los ‘riders’. Deliveroo prevé que el proceso de consulta colectiva comience a principios de septiembre y la empresa trabajará con todas las partes interesadas y preparará toda la documentación necesaria para ello.
En caso de que la empresa decida poner fin a sus operaciones tras la conclusión del proceso de consulta, que durará aproximadamente un mes, la empresa ha afirmado que se asegurará de que los ‘riders’ y los empleados dispongan de un adecuado paquete de compensación que cumpla con todas las normativas y la legislación local.
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