La CNMC investiga a Sabadell, Santander, Caixabank y Bankia por ‘practicas anticompetitivas’ en los ICO
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha iniciado un expediente sancionador contra Banco Sabadell, Banco Santander, Caixabank y Bankia por posibles prácticas restrictivas de la competencia en la comercialización de las líneas de avales ICO Covid. En concreto, la CNMC investiga la vinculación a distintos productos que los bancos habrían exigido como condición para que los clientes pudieran acceder a las líneas de avales ICO Covid.
Estos avales fueron habilitados por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital en 2020 para facilitar el acceso al crédito y liquidez a empresas y autónomos y hacer frente al impacto económico y social del Covid-19. Además analiza la utilización de los créditos como mecanismo para reestructurar deudas financieras preexistentes, según ha informado el organismo presidido por Cani Fernández.
Las conductas analizadas tienen origen en determinada información que la CNMC recibió a través del buzón covid.competencia@cnmc.es. La Comisión activó este canal durante el estado de alarma del año pasado para que empresas y ciudadanos pusieran en conocimiento de la institución posibles prácticas anticompetitivas que se estuvieran produciendo en los mercados.
Tras el análisis realizado, la CNMC considera que la actuación de los bancos investigados se alejaría de la buena fe exigida a las empresas en sus relaciones con los clientes. En consecuencia, sus prácticas podrían haber alterado el comportamiento económico de los consumidores que acudieron a estas entidades para suscribir los créditos ICO.
Todo ello, según la CNMC, podría suponer un falseamiento de la libre competencia y habría afectado al interés público La incoación del expediente se produce al amparo del artículo 3 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, en relación con el artículo 4 de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de competencia desleal. Se abre así un periodo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNMC, sin que la incoación de este expediente prejuzgue el resultado final de la investigación.
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