Casi 212.000 personas se enteraron de que podían cobrar seguro de vida en 2019
El Registro de Seguros de Cobertura de Fallecimiento que tiene el Ministerio de Justicia. El 45% de las consultas tuvieron un resultado positivo.
Un total de 212.000 personas se dieron cuenta en 2019 de que uno familiar fallecido de ellos tenía seguro de vida y que podían ser beneficiarios del mismo a pesar de que lo desconocían.
Según los datos del Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento recabados por Efe, el 45,5% de todas las consultas, un total de 211.799, tuvieron un resultado positivo, que supone que tienen un seguro de vida y pueden cobrarlo.
El registro es público y fue creado en 2007 por el Ministerio de Justicia, con objeto de evitar que estas pólizas queden sin cobrar por desconocimiento de los beneficiarios y desde entonces lo han consultado más de 4,5 millones de personas, 465.271 sólo el año pasado.
Por el contrario, en otras 249.129 consultas el resultado fue negativo, un 3,09% menos que en 2018.
El acceso al registro solo puede hacerse una vez que ha fallecido el asegurado, y previa acreditación de tal circunstancia
También figuran entre las solicitudes 4.343 notas informativas, que son la respuesta a una petición de información en vida del asegurado, por ejemplo cuando una persona tiene dudas sobre las pólizas que tiene contratadas, una cifra muy inferior a las 6.584 recibidas en 2018.
Según se explica en la página web del Ministerio de Justicia, «el acceso al registro (para pedir certificados) sólo podrá realizarse una vez fallecido el asegurado, previa acreditación de tal circunstancia, y siempre que hayan transcurrido quince días desde la fecha de defunción».
Tras adjuntar el certificado de defunción, rellenar la solicitud y pagar una tasa de 3,78 euros, el registro emite una certificación donde consten, si existen, los seguros que correspondan, con la que el interesado podrá acudir a las aseguradoras con las que se contrataron las pólizas para saber si es beneficiario de las mismas.
La aseguradora no está obligada a revelar la identidad de la persona que tiene derecho a cobrar el seguro por fallecimiento
Y es que puede ocurrir que efectivamente exista un seguro de vida pero el familiar que hace la consulta no sea el beneficiario, con lo que la aseguradora no está obligada a revelar la identidad de la persona que tiene derecho a cobrarlo.
El certificado se puede solicitar por correo, por internet o acudiendo personalmente a la sede central del registro en Madrid o a las gerencias territoriales del Ministerio de Justicia, entre otras posibilidades.
Los datos se encuentran disponibles durante cinco años después del fallecimiento y se refieren solo a los seguros de vida y a los de accidentes en los que se cubra la contingencia de fallecimiento y no incluyen planes de pensiones ni otros productos de ahorro similares.
De las peticiones recibidas en 2019, que incluyen notas y certificados, 118.113 procedían de las notarías, que están obligadas a informar de oficio cada vez que tramitan una herencia, y que emitieron el mismo número de certificados, de los que 38.335 tenían asociada alguna póliza.
Otras 54.403 peticiones llegaron por vía telemática, y en 26.340 de ellas existía algún seguro.
Por último, a través de la ventanilla, es decir, en alguna de las oficinas habilitadas para este fin, se tramitaron 49.289 peticiones, y se emitieron 49.163 certificados, de los que 22.983 obtuvieron un resultado positivo.
La sede del registro de La Rioja fue un año más la que recibió más solicitudes de toda España, un total de 40.215, y de ellas, 25.390 fueron positivas.
A continuación se situó la oficina de Oviedo, con 16.322 solicitudes, de las que 9.545 tenían contratos asociados.
En tercera posición se encontraba la oficina de Valencia, con 15.595 peticiones y 7.812 con contratos asociados, seguida de Zaragoza, con 13.792 solicitudes, 7.141 positivas, y Vizcaya, con 13.387, con 5.831 positivas.
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