Cambio histórico en los derechos laborales: ya está vigente en España el permiso retribuido de 19 semanas por nacimiento
En 2026 ha entrado en vigor el permiso retribuido de 19 semanas por nacimiento
Desde el 1 de enero, los españoles pueden disfrutar del permiso retribuido de 19 semanas por nacimiento y cuidado del menor. Durante este 2026 entra en vigor una gran novedad y es la ampliación de tres semanas más (de 16 a 19) para los que cumplan con los requisitos. En el caso de las familias monoparentales, este permiso se amplía hasta 32 semanas. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre el nuevo permiso por nacimiento de 19 semanas.
El pasado 29 de julio de 2025, el Consejo de Ministros aprobó la ampliación de permiso por nacimiento a 19 semanas, que fue posteriormente convalidada el 9 de septiembre por parte del Congreso de los Diputados. Así que desde el 1 de enero los padres que tengan un hijo podrán disfrutar de tres semanas más que en 2025, cuando el permiso estaba fijado en 16 semanas. En el caso de las familias monoparentales, se amplía hasta 32 semanas.
«El Gobierno considera que el trabajo retribuido no puede ni debe impedir que las mujeres y los hombres ejerzan su derecho a los cuidados ni condicionar la decisión de formar una familia», informaron en su día desde el Gobierno, a la vez que dejaron claro en un comunicado que: «Para ello, sigue adoptando medidas para mejorar la conciliación de la vida familiar y profesional y garantizar la corresponsabilidad en los cuidados, lo que reduce además la brecha de género».
El permiso de 19 semanas por nacimiento
Así que los padres en España podrán disfrutar de 19 semanas de permiso por nacimiento o cuidado del menor que se distribuyen de la siguiente manera: 17 semanas antes de que el niño tenga un año y dos posteriores que se podrán disfrutar hasta que se cumplan los ocho años. Hay que tener en cuenta que, tras el nacimiento, los padres tendrán que cumplir por ley seis semanas de permiso retribuido por nacimiento. Esto es obligatorio para todos los ciudadanos.
«Las once semanas restantes (22 en el caso de monoparentalidad o monomarentalidad) se pueden disfrutar en periodos semanales seguidos o interrumpidos, en régimen de jornada completa o parcial, previo acuerdo entre la empresa y el trabajador, hasta que se cumplan 12 meses del nacimiento del bebé», informan desde el Gobierno.
Cómo solicitar el permiso
Para solicitar el permiso por nacimiento o cuidado del menor, hay que ponerse en contacto con la Administración a través de forma telemática (con y sin certificado digital), por correo ordinario o presencialmente en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS), siempre que disponga de cita previa. La documentación a presentar será la siguiente:
- Solicitud de la prestación.
- Acreditación de identidad de los progenitores (DNI, pasaporte o NIE).
- Certificado de empresa en el que conste la fecha de inicio del descanso laboral por nacimiento y cuidado del menor. Si este ya ha sido enviado por la empresa, no hará falta.
- Informe de maternidad expedido por el Servicio Público de Salud.
Libro de familia o certificado de la inscripción en el Registro Civil de su hijo.
Por lo que respecta a los requisitos, los principales serán estar afiliados y dados de alta en la Seguridad Social y cumplir con un periodo de cotización que dependerá de la edad:
- Menores de 21 años: no se exige cotización.
- Entre 21 y 26 años: 90 días cotizados.
- Mayores de 26 años: 180 días en los 7 años anteriores o 360 días en la vida laboral.
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