Los beneficiarios del ‘chequevoto’ de Sánchez para el alquiler deberán justificar su uso cada seis meses
El bono joven al alquiler es «propaganda política» y una medida «insuficiente» para el sector
Bono social para el alquiler: plazos, requisitos y cómo solicitarlo
El bono joven al alquiler es «propaganda política» y una medida «insuficiente» para el sector
Los beneficiarios del chequevoto de Sánchez, dotado con 250 euros mensuales para el alquiler, tendrán que justificar su uso ante el órgano concedente «con una periodicidad mínima semestral» y «en el plazo máximo de tres meses» desde la finalización del último mes natural en el que se recibió la subvención, según contempla el Real Decreto publicado esta semana en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
El joven de entre 18 y 35 años que reciba la ayuda tendrá que acreditar «por cualquier medio admitido en derecho» el pago de la renta o del precio de la cesión de todas las mensualidades en las que haya recibido la subvención, como consta en el artículo 16 del texto. Esos comprobantes servirán para que la comunidad o la ciudad autónoma certifique al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) el cumplimiento del objeto de la subvención, ya que las competencias para el desembolso de ese monto son autonómicas.
El Mitma transferirá los fondos a las comunidades autónomas, una vez que se decida su reparto en la Conferencia Sectorial, que deberá convocar el Ministerio en un plazo máximo de dos meses, como señaló esta semana la ministra, Raquel Sánchez, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. Los Presupuestos Generales del Estado (PGE) para 2022 contemplan una partida de 200 millones de euros para el bono joven al alquiler, al que se sumarán otros 200 millones de euros en el próximo ejercicio, ya que se cobrará durante un periodo máximo de dos años.
Las competencias autonómicas también permitirán a cada comunidad determinar si eleva el límite de la renta arrendaticia recogido en el decreto, en función del tensionamiento de la zona. De entrada, el alquiler mensual debe situarse por debajo de los 600 euros en el caso de los pisos y de los 300 euros para el arrendamiento de habitaciones. No obstante, si las autoridades competentes lo estiman necesario, esas cifras podrían elevarse a los 900 euros y los 450 euros, respectivamente, cuando los estudios actualizados de oferta de vivienda en alquiler «acrediten tal necesidad».
Además, la Comisión de Seguimiento podrá acordar la aplicación de un límite superior a los 900 euros mensuales «en función del número de personas jóvenes que convivan en la vivienda», cuando sus inquilinos sean dos o más personas jóvenes beneficiarias que hayan suscrito todas ellas el correspondiente contrato. Los receptores del bono joven al alquiler podrán beneficiarse de una ayuda total de 6.000 euros durante dos años, siempre que no cambien sus condiciones respecto al momento de la solicitud y la concesión.
Para poder optar a esta ayuda, los beneficiarios del bono para el alquiler deben tener entre 18 y 35 años, incluidos, en el momento de solicitar la ayuda. El bono estará disponible tanto para nacionales españoles como para miembros de estados comunitarios, del Espacio Económico Europeo y Suiza. En el caso de los extranjeros no comunitarios, deberán hallarse en situación de estancia o residencia regular en España.
Otro de los requisitos para los posibles beneficiarios del ‘chequevoto’ del alquiler incluye la titularidad, en calidad de persona arrendataria, de un contrato de alquiler de vivienda. Además, se deberá contar con una fuente regular de ingresos que reporte unas rentas anuales iguales o inferiores a tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem), 24.318 euros anuales en 14 pagas.
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