Economía
Hacienda

Adiós a estas transferencias: Hacienda lo deja claro y no hay nada que hacer

  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

En la actualidad, vivimos en un mundo cada vez más globalizado donde la movilidad de las personas y el dinero también ha alcanzado niveles sin precedentes. Esto se refleja en la gran cantidad de españoles que envían dinero al extranjero, ya sea para mantener a familiares, apoyar proyectos en otros países o por negocios internacionales. Este fenómeno ha crecido con el tiempo, ya que cada vez es más fácil transferir dinero de forma rápida y segura mediante diversas plataformas y servicios, tanto bancarios como de otras entidades especializadas. En este contexto, surge una pregunta muy importante: ¿existe un límite de dinero que puedas enviar al extranjero sin tener que pagar impuestos?

Una de las principales preocupaciones de las personas que envían dinero al extranjero es si deben declararlo a Hacienda o si existe la obligación de pagar algún tipo de impuesto. La respuesta corta es: no. Sin embargo, a pesar de que las transferencias bancarias no requieren la declaración a Hacienda en la mayoría de los casos, sí existen reglas específicas cuando las transferencias superan los 10.000 euros. Según la normativa actual, si realizas un envío de dinero superior a esa cantidad en efectivo, o su equivalente en cualquier moneda extranjera, sí estarás obligado a informar a la Agencia Tributaria.

¿Se debe declarar a Hacienda cuando se envía dinero al extranjero?

La Ley 7/2012, de 29 de octubre, establece que los bancos deben informar a Hacienda sobre transacciones que superen los 3.000 euros. Asimismo, se supervisan las operaciones que exceden los 10.000 euros y los préstamos que superan los 6.000 euros.

Esta normativa tiene como objetivo garantizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes. En cuanto a las transferencias bancarias, la Ley 10/2010, de 28 de abril, que regula la prevención del blanqueo de capitales, establece que las transferencias de hasta 10.000 euros no requieren declaración, pero aquellas superiores a esta cantidad deben ser notificadas a la Agencia Tributaria.

Cuando se trata de grandes sumas de dinero, las entidades bancarias pueden llevar a cabo un proceso de revisión para verificar la legalidad de las transacciones, especialmente si los envíos tienen lugar de manera recurrente. Además, el dinero que se envíe puede estar sujeto a auditorías si existe alguna sospecha de lavado de dinero o financiación de actividades ilegales.

Declaración de Movimientos de Pago

La Orden Ministerial EHA/1439/2006, en vigor desde el 14 de febrero de 2007, establece la obligación de declarar los movimientos de dinero en efectivo superiores a 10.000 euros, tanto para las entradas como salidas del país. Esta medida se enmarca dentro de las políticas internacionales de lucha contra el blanqueo de capitales, buscando asegurar la transparencia de los movimientos financieros. Es importante señalar que esta normativa no restringe la libertad para realizar estos movimientos, sino que sólo exige la presentación de un formulario específico (S1) ante la Agencia Tributaria.

El formulario S1 se puede obtener  a través de las páginas web oficiales de la Agencia Tributaria, el Tesoro Público y el SEPBLAC, o bien en las delegaciones de Economía y Hacienda. Además, cualquier movimiento de efectivo superior a 100.000 euros dentro de España también debe ser declarado. Esta medida refuerza el control de las transacciones financieras, garantizando que todos los movimientos de gran magnitud sean transparentes y estén en línea con las directrices de prevención internacional.

Comisiones bancarias

Una transferencia SEPA (Zona Única de Pagos en Euros) permite enviar dinero de manera rápida y económica dentro de la eurozona. Este sistema facilita las transferencias entre países de la UE y algunos fuera de ella, como Andorra, Suiza y el Reino Unido. Para realizar una transferencia SEPA, necesitarás el nombre del destinatario, su IBAN, la cantidad a enviar, y los datos de tu cuenta bancaria.

Un aspecto que también puede generar dudas es si las entidades bancarias cobran algún tipo de comisión por enviar dinero al extranjero. La respuesta es sí: los bancos pueden aplicar comisiones, y estas pueden variar dependiendo de diversos factores. Las tarifas asociadas a las transferencias internacionales suelen depender de la entidad bancaria, el tipo de transferencia (por ejemplo, si es SEPA o no), la cantidad transferida y, en algunos casos, el destino del dinero.

En general, los bancos en España suelen cobrar comisiones fijas o porcentuales por las transferencias internacionales. Esto significa que si decides enviar una cantidad de dinero significativa, deberás tener en cuenta las tarifas que el banco aplicará, ya que pueden reducir el monto que finalmente recibirá la persona destinataria de la transferencia. Es fundamental informarse sobre las condiciones de cada banco antes de realizar una transferencia para evitar sorpresas.

Además, algunas entidades permiten a sus clientes elegir entre tres tipos diferentes de modalidades de pago: «gastos compartidos», «gastos a cargo del remitente» o «gastos a cargo del destinatario». En la modalidad de gastos compartidos, tanto el emisor como el receptor de la transferencia asumen parte de los costes asociados al envío de dinero.