Un abogado especialista en patrimonio explica qué es la usucapión y cómo hacerse con una vivienda abandonada y sin herederos de forma legal
Abel Marín aporta un poco de luz en cuanto a las herencias y explica un error común en los trámites hereditarios
La Ley de Sucesiones lo confirma: los viudos no tendrán derecho a heredar ningún bien aunque un testamento lo avale
Puede parecer el nombre de un medicamento… Pero nada más lejos de la realidad. Cuando un ciudadano fallece, si su vivienda no está registrada y ningún heredero la reclama, un tercero puede convertirse en el propietario legítimo transcurrido un tiempo. Así lo ha confirmado el abogado especialista en sucesiones Abel Marín, socio del despacho Marín & Mateo Abogados.
El letrado ha avisado sobre uno de los riesgos más ignorados, y con mayor frecuencia de la pensada, a los que se enfrentan las herencias mal gestionadas en nuestro país.
Un procedimiento legal muy habitual
El texto normativo detrás de esta circunstancia es la usucapión. Jorge Martorell Tarazona, abogado y socio del despacho de Marín, lo resume de este modo: quien utiliza un inmueble durante años como si fuese su dueño puede acabar convirtiéndose en el propietario. Lejos de ser una rara avis, el despacho asegura que esta es una práctica muy usual, sobre todo en viviendas heredadas que no se regularizaron y en propiedades rurales en desuso.
Pero la usucapión no se limita solo a hogares prácticamente abandonados: también puede actuar sobre cualquier inmueble, aunque quede reflejado en el Registro de la Propiedad a nombre de otro ciudadano. El factor determinante no es la titularidad que consta en los documentos, sino el uso y disfrute continuado en las condiciones dictaminadas por ley, ya sea por vía ordinaria, que requiere 10 años con una relación previa, aun habiendo un defecto, y la extraordinaria, que exige 30 años de posesión pública y actuando de buena fe.
Esta es la consecuencia de la falta de sucesión
Este peligro guarda una estrecha relación con un problema mayor que Marín viene advirtiendo durante años. Y es que uno de cada cinco españoles fallece sin haber formalizado el testamento, según datos del Consejo General del Notariado, lo que deriva en las clásicas disputas entre herederos y deja patrimonios enteros en un sinfín de procesos judiciales.
Para el abogado, la raíz del inconveniente no está en la legislación. Esta reside en la falta de cultura financiera general en la población de España, que en la mayoría de los casos desconoce los plazos y trámites necesarios para regularizar sin demora los bienes a heredar.
Para evitar perder un inmueble, los beneficiarios deben actuar con suma rapidez, poseer efectivamente el hogar y prestar atención a una posible ocupación por parte de terceros, ya que, pasado el plazo, solucionar el problema conlleva un proceso largo y tedioso, dada la lentitud de la justicia.
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