Condenado a 2 años un sacristán por tocamientos a una feligresa con discapacidad intelectual
El agresor invitó a la víctima a entrar en un cuarto junto a la sacristía con la excusa de enseñarle a tocar una campanila
La mujer quedó bloqueada al producirse los tocamientos, hasta que acertó a reprochar a su agresor que eso era "pecado"
La Audiencia suspende la pena de prisión a condición de que el condenado no delinca en los próximos tres años
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a una pena de dos años de prisión a un hombre que ejercía como sacristán en una iglesia en la localidad de Bétera, en Valencia, por un delito de agresión sexual. En concreto, por someter a tocamientos a una feligresa. Una mujer con una discapacidad intelectual del 66%. El condenado deberá indemnizar a la víctima con 7.000 euros por los daños morales sufridos por la mujer a consecuencia de los hechos.
El sacristán tampoco podrá acercarse a menos de 300 metros ni comunicarse con la víctima por ningún medio durante un periodo de tres años. No obstante, la Sala ha acordado la suspensión de la pena de prisión a condición de que el condenado no vuelva a delinquir en los próximos tres años. Todo ello, según han informado fuentes del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV).
La sentencia, que es fruto de la conformidad entre las partes, considera probado que el día 24 de marzo del año 2023, el ahora condenado, que en aquel entonces ejercía funciones de sacristán en una iglesia de la localidad valenciana de Bétera, como se ha dicho, invitó a la víctima, una mujer con una discapacidad intelectual de un 66%, a que entrara en un cuarto cercano a la sacristía. La excusa que utilizó el sacristán para que su víctima accediera fue la de enseñarle cómo funcionaba una campanilla.
Pero, una vez ambos estuvieron en el interior del cuarto antes citado, rl sacristán, que conocía la discapacidad de la mujer, le tocó sus partes íntimas por encima de la ropa, lo que propició que ella quedara bloqueada y sin capacidad de reaccionar, hasta que finalmente, la víctima reprochó al agresor que los tocamientos eran «pecado». La situación generó miedo, nerviosismo, rabia y enfado a la víctima, según recoge la sentencia.
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