Nuevo varapalo para García Ortiz: el Supremo anula ahora el ascenso del fiscal de Baleares
Considera que el Consejo Fiscal debió pronunciarse sobre si tenía la compatibilidad o no
El Tribunal Supremo anula el nombramiento del fiscal superior de Baleares elegido por el imputado fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por no someter al Consejo Fiscal la posible incompatibilidad. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha anulado, en concreto, el Real Decreto del 13 de junio de 2023 que nombraba a Julio Cano Antón como fiscal superior de la Fiscalía de las Islas Baleares.
El Alto Tribunal estima así otro recurso interpuesto por, de nuevo, otro fiscal agraviado que era aspirante al puesto, ordenando retrotraer el proceso para que el Consejo Fiscal evalúe si concurren las causas de prohibición previstas en el artículo 58 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. Este artículo impide ejercer en la misma Fiscalía cuando un cónyuge o persona con relación análoga de afectividad ocupa un puesto subordinado, como ocurre en este caso. Según la sentencia, Julio Cano mantiene una relación «sentimental» estable con un fiscal destinado en la Fiscalía Superior de las Islas Baleares.
La resolución destaca que la Fiscalía General, a través de la Inspección Fiscal, conocía esta circunstancia porque el propio Cano solicitó un informe sobre su compatibilidad. Sin embargo, dicha información no fue trasladada al Consejo Fiscal ni incluida en el informe individualizado de valoración de los candidatos.
El tribunal también subraya que días antes del nombramiento de Cano, el fiscal implicado fue asignado de forma urgente a una comisión de servicios en el Ministerio de Justicia, cesando así de manera efectiva en la Fiscalía Superior. No obstante, el Supremo considera que esta actuación no fue tramitada conforme a las exigencias legales, como escuchar previamente al Consejo Fiscal, por lo que la competencia de este órgano quedó vulnerada nuevamente.
Por estos motivos, el Supremo anula el nombramiento y exige que el Consejo Fiscal tome una decisión sobre la posible incompatibilidad, actuando con celeridad y garantizando el derecho a la igualdad de condiciones en la promoción profesional dentro de la Carrera Fiscal. Según consta en la sentencia, el recurrente –José Díaz Cappa- obtuvo cinco votos del Consejo Fiscal, frente a los cuatro de Cano más el respaldo del fiscal general, mientras que un tercer candidato recibió dos votos. García Ortiz se decantó finalmente por Cano Antón a pesar de tener un voto menos.
El Supremo considera que la Inspección Fiscal, conocedora de la situación personal de Cano Antón, debió informar al Consejo Fiscal para que este órgano, único competente en la materia, pudiera pronunciarse sobre la posible incompatibilidad antes del nombramiento.
«La idoneidad de los candidatos es tanto capacidad o aptitud como condición de posibilidad de ejercicio, lo que conecta directamente con la causa de incompatibilidad alegada», señala la sentencia, que ordena retrotraer las actuaciones para que el Consejo Fiscal tome una decisión «con agilidad» pero también «con todas las garantías».
La decisión del Supremo no prejuzga si existe o no incompatibilidad, sino que exige que sea el Consejo Fiscal quien lo determine de manera expresa. La sentencia destaca que esta decisión afecta al «derecho fundamental a la promoción en la Carrera Fiscal en condiciones de igualdad y con los requisitos establecidos por la ley».
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